Descripción
La medida prevé la concesión y el desembolso de contribuciones a las organizaciones de voluntariado (ODV) y a las asociaciones de promoción social (APS) dedicadas a la realización de actividades de recuperación y distribución de excedentes alimentarios llevadas a cabo en el territorio provincial o en parte del mismo.
Las actividades a recuperar deben ser llevadas a cabo por la organización beneficiaria empleando principalmente a sus propios voluntarios y estar destinadas a las personas con menos recursos o, en cualquier caso, a ciudadanos con graves dificultades económicas, ya sea directamente o a través de la intermediación de organizaciones benéficas.