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Contribución de las organizaciones sin ánimo de lucro a los proyectos de mediación social para la vivienda

  • Activo

Contribución a organizaciones sin ánimo de lucro para proyectos destinados a aumentar la disponibilidad de viviendas para alquilar en el mercado libre a hogares con necesidades de vivienda.

Descripción

Se trata de una subvención concedida a organizaciones sin ánimo de lucro para la promoción de proyectos destinados a aumentar la disponibilidad de viviendas en alquiler en el mercado libre para hogares con necesidades de vivienda.
La contribución es igual al 90% de los gastos subvencionables hasta un límite máximo de 100.000 euros. La contribución así determinada no podrá superar en ningún caso el déficit calculado como diferencia entre ingresos y gastos.
Son subvencionables los proyectos que contribuyan a mejorar la accesibilidad a la vivienda de los hogares con necesidades habitacionales a través de actuaciones dirigidas a favorecer el incremento de la disponibilidad de viviendas para ser alquiladas en el mercado libre con fines residenciales. Los proyectos deben prever la realización de las siguientes actividades obligatorias

  • sensibilización de los propietarios públicos y/o privados, con el fin de promover la puesta a disposición de viviendas vacías para ser alquiladas en el mercado libre con fines residenciales
  • evaluación del perfil habitacional de los arrendatarios potenciales
  • acompañamiento y apoyo de las dinámicas relacionales entre propietarios e inquilinos
  • educación en materia de vivienda.

También pueden preverse otras actividades, directamente funcionales a las anteriores, como por ejemplo

  • apoyo técnico/administrativo en la fase de elaboración del contrato de arrendamiento y en los cumplimientos correspondientes
  • apoyo técnico/administrativo y seguimiento durante la ejecución del contrato de arrendamiento
  • activación de instrumentos de garantía y protección de los propietarios
  • cualquier otra actividad que complemente las anteriores y esté orientada a la mejor consecución de los fines de la presente convocatoria.

Las actividades obligatorias deben prevalecer dentro del proyecto. Las actividades complementarias y su coste total no deberán superar el 20% del total de los gastos subvencionables indicados en el plan financiero.
Las propuestas de proyectos presentadas se clasificarán en función de la puntuación obtenida durante el proceso de evaluación, teniendo en cuenta determinados elementos específicos del proyecto (contenido, impacto, gestión), así como la implicación del territorio. También se tendrán en cuenta a la hora de otorgar las puntuaciones determinados aspectos como la asociación, el carácter innovador de la propuesta y el vínculo con las políticas provinciales de vivienda activas en la zona.
La subvención se concederá siguiendo el orden de clasificación.

A quién está dirigido

Las organizaciones sin ánimo de lucro beneficiarias de la subvención para aumentar la disponibilidad de viviendas para alquilar en el mercado abierto (subvención aprobada por determinación del Servicio de Cohesión Territorial, Políticas de Vivienda Mejora del capital social de Trentino en el extranjero nº 14076 de 11/12/2025) pueden presentar una solicitud de anticipo, prórroga e informe.

Procedimiento

Anticipo de subvención

A petición del beneficiario, se desembolsará

  1. un anticipo de hasta un tercio del importe de la subvención, previa presentación de una garantía bancaria o de seguro, equivalente al 100 % del anticipo solicitado, para garantizar la ejecución de las actividades del proyecto
  2. un nuevo anticipo de hasta un tercio del importe de la subvención si se ha utilizado la totalidad del importe ya abonado como primer anticipo y previa presentación de un informe resumido de las actividades realizadas.

La garantía es válida hasta el pago del saldo o hasta la fecha de recuperación de las sumas indebidamente abonadas; se aplican las directivas provinciales relativas a los depósitos de garantía constituidos a favor de la Provincia.

Prórroga del plazo para la conclusión de las actividades del proyecto

Dentro de los tres meses anteriores a la fecha límite para la conclusión de las actividades del proyecto indicada por el solicitante, es posible solicitar, por razones justificadas, una única prórroga del plazo mencionado por un período máximo de seis meses.

Informes y desembolso

Los informes deberán presentarse a más tardar 60 días después de la fecha límite para la conclusión del proyecto (eventualmente prorrogada).
El informe debe indicar

  • la descripción de la actividad realizada con indicación de la fecha de su conclusión
  • los gastos facturados y efectivamente realizados por el beneficiario y los ingresos obtenidos en relación con la actividad facilitada
  • los criterios adoptados para el prorrateo e imputación de los ingresos y gastos generales de la actividad subvencionada
  • la imputabilidad de los ingresos obtenidos y de los gastos efectivamente realizados a los ejercicios en los que se ha desarrollado la actividad.

La documentación de los gastos deberá ser marcada con el Código Único de Proyecto (CUP) por el beneficiario, so pena de inelegibilidad.
No se permiten cambios en el contenido del proyecto.
Se permiten cambios en el plan financiero relacionados con la compensación entre partidas individuales de gastos, siempre que el contenido del proyecto permanezca inalterado, sujeto a los límites de gastos establecidos en la convocatoria de propuestas.
Si los gastos efectivamente realizados y declarados son superiores a los gastos admisibles, el importe de la subvención concedida no se modificará; si dichos gastos son inferiores, el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente y de manera que no se genere un excedente sobre la base de los gastos efectivamente realizados. Si el importe de la contribución así redeterminado es inferior a los importes ya anticipados, el Beneficiario deberá reembolsar los importes pagados en exceso, más los intereses simples calculados al tipo de interés legal desde la fecha en que la Provincia emita el mandato de pago de la subvención hasta la fecha del pago efectivo.

Las solicitudes de pago anticipado, prórroga y presentación de informes deberán cumplimentarse utilizando el formulario correspondiente y transmitirse de una de las siguientes maneras

  1. por correo electrónico (certificado o simple) al buzón serv.casaecoesione@pec.provincia.tn.it
  2. por correo certificado con acuse de recibo al Servicio de Cohesión Territorial, Políticas de Vivienda, Valorización del Capital Social de Trentino en el Extranjero; en este caso, el matasellos de la oficina de correos aceptante dará fe de la fecha de recepción
  3. entrega en mano en el Servicio de Cohesión Territorial, Políticas de Vivienda y Valorización del Capital Social Trentino en el Extranjero o en las oficinas descentralizadas de asistencia e información de la Provincia Autónoma de Trento.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Anticipo de subvención

Formulario apropiado adjuntando

  • para el primer anticipo: una garantía bancaria o de seguro, equivalente al 100 % del anticipo solicitado, para garantizar la realización de las actividades del proyecto
  • para el siguiente anticipo: un breve informe de las actividades realizadas para las que se utilizó la totalidad del importe ya abonado como primer anticipo.

Prórroga del plazo de ejecución de las actividades del proyecto

Formulario apropiado.

Informes y desembolsos

Formulario adecuado.

Modelos

Tiempos y plazos

Concesión de anticipos: en un plazo de 30 días a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

Prórroga de la subvención para la finalización de las actividades del proyecto: en un plazo de 30 días a partir de la fecha de presentación de la solicitud de prórroga.

Desembolso de la subvención: en un plazo de 60 días a partir de la fecha de presentación de los estados financieros.

Documentos

Normativa de referencia

Approvazione del bando per l''erogazione di contributi a enti senza scopo di lucro per progetti volti a favorire l''incremento della disponibilità di alloggi da locare nel libero mercato a nuclei familiari con bisogni abitativi, ai sensi dell''articolo 4.1 della legge provinciale 7 novembre 2005, n. 15 (Codice CUP C49I25002000003)

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Approvazione della graduatoria e concessione dei contributi a enti senza scopo di lucro per progetti volti a favorire l'incremento della disponibilità di alloggi da locare nel libero mercato a nuclei familiari con bisogni abitativi. Deliberazione della Giunta provinciale n. 1288 del 29 agosto 2025, ai sensi dell'articolo 4.1 della legge provinciale 7 novembre 2005, n. 15 - (Codice CUP C49I25002000003)

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Información adicional

Última actualización: 09/04/2026 18:11

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