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Contribución a los gastos de preparación de las solicitudes de reconocimiento de DOP e IGP.

  • Activo

La ayuda pretende ser un instrumento de apoyo, destinado a potenciar la producción alimentaria tradicional y de calidad en la zona, de conformidad con la normativa europea y nacional.

Destacado

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Convocatoria abierta año 2026

Descripción

La Provincia Autónoma de Trento tiene la intención de aplicar el artículo 48, apartado 2, de la Ley Provincial de Agricultura no 4/2003, con el fin de apoyar las iniciativas encaminadas al reconocimiento de las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) y las Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) mediante la concesión de ayudas para la preparación de las solicitudes de reconocimiento de DOP e IGP presentadas al Ministerio y a la Provincia Autónoma de Trento, según las modalidades descritas anteriormente. Este apoyo tiene por objeto valorizar las producciones agroalimentarias tradicionales y de calidad del territorio, promoviendo la identidad, la competitividad y la protección de las excelencias locales, en cumplimiento de la normativa europea y nacional pertinente y de los objetivos de la programación provincial.

Restricciones

Los beneficiarios deberán tener su domicilio social o su centro de actividad en la Provincia de Trento y sólo podrá presentarse una solicitud de subvención por solicitante.

El gasto máximo subvencionable asciende a 50.000,00 euros.

A quién está dirigido

Los beneficiarios de las aportaciones concedidas para la preparación de solicitudes de reconocimiento de Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) son los sujetos indicados en el art. 2, ap. 1, letras d) y e) de la Norma Foral 4/2003, los consorcios para la protección de las marcas DOP, IGP, IGT, DOC y DOCG y las asociaciones constituidas para la presentación de solicitudes de reconocimiento de Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP). 4/2003, los consorcios para la protección de las marcas DOP, IGP, IGT, DOC y DOCG y las asociaciones creadas para la presentación de solicitudes de reconocimiento de Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP), de conformidad con lo dispuesto en la legislación europea sobre indicaciones geográficas.

Procedimiento

Las solicitudes de contribución, elaboradas conforme a los formularios preparados por el Servicio de Política de Desarrollo Rural, y disponibles en el sitio web institucional de la Provincia, podrán presentarse por vía electrónica a través del correo electrónico a la siguiente dirección
serv.politichesviluporurale@pec.provincia.tn.it.

Para el año 2026, las solicitudes podrán presentarse desde el lunes siguiente a la fecha de aprobación de esta medida hasta el 30 de junio de 2026.

Para los años sucesivos hasta 2026, la Diputación podrá establecer mediante medidas propias, si existen recursos disponibles en el presupuesto provincial, los plazos de presentación de solicitudes y cualquier actualización de estos criterios.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

El solicitante sólo podrá presentar una solicitud.

Las solicitudes deberán contener
(a) el objeto de la solicitud
(b) los datos de identificación del solicitante
(c) importe del gasto solicitado
d) IBAN de la cuenta corriente dedicada;

Deberán adjuntarse a la solicitud los siguientes documentos
- copia del acta de la deliberación del órgano competente que autoriza la presentación de la solicitud de reconocimiento de nueva DOP o IGP
- informe de las actividades, estudios e investigaciones realizados a efectos de la presentación de la solicitud
- una copia de la solicitud de reconocimiento de DOP o IGP presentada al Ministerio, si no obra ya en poder de la PAT;
- una relación analítica de los gastos relativos a la preparación y presentación de la solicitud de reconocimiento, ya efectuados y los presupuestados;
- para los gastos ya realizados, en el momento de la presentación de la solicitud, copia de las facturas y justificantes de gasto correspondientes (extracto de cuenta bancaria/estado de cuenta); en los justificantes de pago deberá figurar el código IBAN indicado en la solicitud de ayuda
- indicación de si el IVA de los gastos de certificación constituye un coste real para la empresa;
- declaración sustitutiva de la declaración jurada, expedida con arreglo a los artículos 46 y 47 del Decreto Presidencial 445 de 28/12/2000, relativo a las condiciones de "empresa única" para el cálculo del límite máximo de la ayuda de minimis, aprobado mediante la Resolución del Director General de Agricultura de la UMST nº 3534 de 09/04/2025
- una declaración jurada, expedida de conformidad con el Decreto Presidencial 445 de 28.12.2000, del representante legal que certifique que la empresa no se ha beneficiado de otras ayudas estatales en relación con los costes subvencionables
- copia del documento de identidad válido del representante legal si la solicitud de subvención y las declaraciones justificativas no están firmadas digitalmente.

Tiempos y plazos

Las solicitudes presentadas se tramitan y financian, dentro de los límites de los recursos financieros disponibles, según el orden cronológico de su presentación.

La contribución se concede con determinaciones del Director del Servicio de Política de Desarrollo Rural que se adoptarán en un plazo de 90 días a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud, por orden cronológico y hasta que se agoten los recursos disponibles.

El Servicio de Política de Desarrollo Rural, a partir de la relación analítica de los gastos indicados en la documentación adjunta a la solicitud, en coherencia con la actividad de control prevista, determina los gastos admitidos y la correspondiente ayuda concedida, dentro del límite de los recursos financieros disponibles.

Las solicitudes que no puedan ser financiadas por agotamiento de los recursos financieros serán desestimadas en aplicación de la Ley Foral LP 23/1992.

Con carácter previo a la adopción de la medida de concesión de la aportación, el Servicio comunicará al beneficiario el Código Único de Proyecto (CUP), que se incluirá en las facturas electrónicas en el campo correspondiente del documento electrónico, cuando sea posible, en los justificantes.

En el caso de que las facturas y justificantes de gasto no incluyan el CUP o el CUP esté mal colocado, se podrá regularizar rápidamente la situación siguiendo alguno de los métodos indicados en la Deliberación del GP nº 728, de 23 de mayo de 2024.

90 días

Días máximos de espera

A partir del día siguiente a la presentación de la solicitud.

El Servicio de Política de Desarrollo Rural, sobre la base de la relación analítica de los gastos indicados en la documentación adjunta a la solicitud, en coherencia con la actividad de control prevista, determina los gastos admitidos y la relativa contribución concedida, dentro del límite de los recursos financieros disponibles.

Las solicitudes que no puedan financiarse debido al agotamiento de los recursos financieros serán rechazadas de conformidad con la Ley provincial LP 23/1992.

Costes

16,00

Documentos

Normativa de referencia

Sostegno dell'economia agricola, disciplina dell'agricoltura biologica e della contrassegnazione di prodotti geneticamente non modificati

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Approvazione dei criteri attuativi generali relativi all''art. 48 "Agevolazioni per la qualità dei prodotti" - comma 2 della LP. n. 4 di data 28 marzo 2003. Spese per la preparazione delle domande di riconoscimento di nuove Denominazioni di Origine Protetta (D.O.P) e Indicazioni Geografiche Protette (I.G.P.).

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Approvazione della nuova modulistica concernente la dichiarazione 'de minimis' da allegare alle domande di contributo rivolte all'Unità di missione strategica Agricoltura.

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Documentos de apoyo

Modello di domanda inziale per la richiesta di contributo per le spese per la preparazione delle domande di riconoscimento delle D.O.P. e I.G.P., ai sensi dell' art. 48 comma 2, L.P. n. 4/2003.

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Modello di liquidazione di contributo delle spese per la preparazione delle domande di riconoscimento delle D.O.P. e I.G.P. ai sensi dell'art. 48 comma 2, Lp n. 4/2003

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Modello dichiarazione sostitutiva di atto di notorietà del legale rappresentante circa l'applicabilità della ritenuta di cui all'art. 28 , comma 2, del D.P.R. 600/1973.
Art. 48 commi 1 e 2 Legge provinciale n. 4/2003 e ss.mm.ii..

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Dichiarazione sostitutiva, ai sensi dell'art. 47 del decreto del Presidente della Repubblica 28 dicembre 2000, n. 445, per la concessione di aiuti in «de minimis».

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Contacto

Contatti di Ufficio tutela delle produzioni agricole

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Información adicional

Última actualización: 09/02/2026 18:16

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