Contribución a los costes de certificación de la calidad de los productos - MQTrentino

  • Activo

Facilitación de la calidad del producto

© Provincia autonoma di Trento -

Descripción

El art. 48 apartados 1 y 3 LP 4/2003 tiene por objeto fomentar la adhesión de las empresas a los regímenes de calidad de los productos agrarios y alimentarios, así como el mantenimiento de la participación en dichos regímenes, mediante la concesión de contribuciones destinadas a sufragar parcialmente los costes de certificación reconocidos a nivel provincial.

Restricciones

La subvención no podrá abonarse por adelantado, sino que sólo se liquidará en su totalidad.

Junto con la solicitud de pago de la subvención deberá presentarse la siguiente documentación

- informe detallado de la actividad de control realizada, con una relación analítica de los costes incurridos y firmado por el organismo de certificación designado o autorizado; los controles indicados en el informe deberán certificarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de subvención

- una copia de las facturas pagadas emitidas, después de la fecha de presentación de la solicitud de subvención, por el organismo de certificación designado o autorizado para los controles realizados después de la presentación de la solicitud de subvención: las facturas pagadas deben mostrar el código único del proyecto asignado (CUP);

- declaración jurada del representante legal en la que se indique que el IVA de los gastos de certificación es un coste real para la empresa;

- declaración jurada del representante legal sobre la aplicabilidad de la retención a cuenta a que se refiere el apartado 2 del artículo 28 del Decreto Presidencial 600/1973.

A quién está dirigido

La Ley Foral no. 4 de 28 de marzo de 2003, en su artículo 48, apartados 1 y 3, regula las "Facilidades para la calidad de los productos", estableciendo que "La Provincia podrá conceder ayudas a las entidades indicadas en las letras a), b), c), d) y e) del apartado 1 del artículo 2, así como a los consorcios para la protección de las DOP, IGP, IGT, DOC y DOCG para fomentar los programas de control en el proceso de producción que garanticen las denominaciones de origen y los certificados de características específicas, con una intervención máxima durante seis años del 100% del coste de los controles realizados el primer año, que se reducirá en 15 puntos porcentuales por cada año posterior, de modo que en el sexto año la intervención máxima será del 25%. Estas ayudas también podrán concederse a los consorcios de protección". Estas ayudas también podrán concederse a las producciones de calidad reconocidas y certificadas a nivel provincial.

Los beneficiarios de las ayudas para el fomento de programas de control en el proceso productivo para garantizar producciones de calidad reconocidas y certificadas a nivel provincial son

1) los sujetos indicados en el art. 2, apartado 1, letras a), b), c), de la Ley Foral 4/2003 (empresas agrarias individuales, sociedades constituidas para la gestión de empresas agrarias, organismos públicos y privados, arrendatarios directos de empresas agrarias)

2) las entidades indicadas en el artículo 2, apartado 1, letra d), de la Norma Foral 4/2003 (cooperativas de recogida, transformación y comercialización de productos agrarios y agrícolas y sus consorcios, asociaciones agrarias)

3) las entidades indicadas en la letra e) del apartado 1 del artículo 2 de la Norma Foral 4/2003(asociaciones de productores agrarios reconocidas de conformidad con la legislación vigente en la materia,)

4) los consorcios para la protección de las marcas DOP, IGP, IGT, DOC y DOCG

5) las pequeñas y medianas empresas del sector agroalimentario, individuales o asociadas.

Procedimiento

Las solicitudes de ayuda, redactadas conforme a los formularios elaborados por el Servicio de Política de Desarrollo Rural y disponibles en la web institucional de la Provincia, se presentarán entre el 1 de enero y el 30 de junio del año en que se realicen los controles en el proceso productivo para garantizar una producción de calidad reconocida y certificada a nivel provincial.

Las solicitudes presentadas fuera de plazo quedarán excluidas del acceso a las ayudas previstas.

Las solicitudes de ayuda podrán presentarse por un periodo máximo de seis años a partir del primer año de presentación.

Casos particulares

El plazo de presentación de informes podrá prorrogarse, a petición del beneficiario y por razones no directamente imputables a éste, una sola vez, previa solicitud motivada que deberá presentarse antes de la fecha límite. El incumplimiento del plazo ampliado de presentación de informes supondrá la pérdida de la subvención concedida.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Las solicitudes de ayuda deberán redactarse de acuerdo con el modelo aprobado por decisión del Director del Servicio de Política de Desarrollo Rural, y deberán contener

(a) el objeto de la solicitud

b) los datos de identificación del solicitante

c) el importe del gasto solicitado para cada pliego de condiciones

d) indicación de si el IVA de los gastos de certificación constituye un coste real para la empresa;

e) IBAN de la cuenta corriente dedicada

f) indicación del primer año de solicitud de la contribución.

A la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación

- programa de las actividades de control que llevará a cabo el organismo autorizado por la Provincia Autónoma de Trento, con una relación analítica de los gastos en que se incurrirá para la certificación del producto, firmado para su aceptación por ambas partes

- copia del acta de la decisión del organismo competente por la que se aprueba el programa de actividades de control;

- declaración jurada del representante legal de que la empresa, con referencia a los gastos subvencionables, no se ha beneficiado de otras ayudas estatales;

- copia del contrato de licencia de uso de la marca Qualità Trentino.

Modelos

Tiempos y plazos

90 días

Días máximos de espera

La fecha límite para la realización de la iniciativa coincide con el 31 de diciembre del año en el que se lleven a cabo los controles para los que se solicita la subvención.La fecha límite para informar de los gastos realizados para la iniciativa se establece en un plazo de seis meses a partir del final del ejercicio financiero del año en el que se presenta la solicitud de subvención. El beneficiario deberá presentar antes del 30 de junio del año siguiente al de la concesión de la subvención la solicitud de informe de subvención de acuerdo con los formularios publicados en el sitio web de la Provincia.

Costes

timbre fiscal
16.00 Euro

Documentos

Normativa de referencia

Sostegno dell'economia agricola, disciplina dell'agricoltura biologica e della contrassegnazione di prodotti geneticamente non modificati

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Regolamento (UE) n. 1408/2013 della Commissione, del 18 dicembre 2013 , relativo all’applicazione degli articoli 107 e 108 del trattato sul funzionamento dell’Unione europea agli aiuti «de minimis» nel settore agricolo.

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Regolamento (UE) 2023/2831 della Commissione, del 13 dicembre 2023, relativo all’applicazione degli articoli 107 e 108 del trattato sul funzionamento dell’Unione europea agli aiuti de minimis

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Regolamento (UE) n. 717/2014 della Commissione, del 27 giugno 2014 , relativo all'applicazione degli articoli 107 e 108 del trattato sul funzionamento dell'Unione europea agli aiuti «de minimis» nel settore della pesca e dell'acquacoltura

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Approvazione dei criteri per la concessione dei contributi previsti dai commi 1 e 3 dell'art. 48 'Agevolazioni per la qualità dei prodotti' della Legge provinciale n. 4 di data 28 marzo 2023 e ss.mm.ii..

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Contacto

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Información adicional

Última actualización: 21/10/2025 16:45

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