Descripción
Se trata de una contribución de capital concedida para obras de renovación (mantenimiento extraordinario, restauración, renovación conservadora y renovación de edificios) en unidades inmobiliarias propiedad de entidades sin ánimo de lucro con el fin de alquilarlas en alquileres moderados a personas con necesidades de vivienda.
La subvención asciende al 40% del gasto subvencionable.
El importe mínimo del gasto subvencionable es de 15.000 euros por cada unidad inmobiliaria resultante de las obras de renovación.
El gasto máximo permitido para cada unidad del edificio, incluidos los accesorios pertinentes y cualquier parte de gasto en las partes comunes del edificio, se define en los criterios de aplicación en función del tipo de intervención y la superficie útil habitable.
Restricciones
Para mantener la aportación, las entidades sin ánimo de lucro deben
- conservar la propiedad plena y exclusiva y no cambiar el uso zonal de la unidad inmobiliaria objeto de la aportación
- alquilar la unidad inmobiliaria objeto de la aportación a personas con necesidades de vivienda.
Dichas restricciones se aplican, para cada unidad inmobiliaria, a partir de la fecha del primer contrato de arrendamiento y durante los siguientes periodos
- 20 años en el caso de una subvención desembolsada superior a 200.000 euros;
- 16 años en el caso de una subvención comprendida entre 80.000 y 200.000 euros;
- 12 años en el caso de una subvención inferior a 80.000 euros.
Las organizaciones sin ánimo de lucro también deben identificar a las personas con necesidades de vivienda de acuerdo con los criterios de aplicación y suscribir los correspondientes contratos de arrendamiento en un plazo de 12 meses a partir de la fecha de presentación de los estados financieros o de la fecha de rescisión o no renovación del contrato de arrendamiento anterior.