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ATENCIÓN El plazo de presentación de candidaturas ha expirado
Contribución a la compra de la primera vivienda para jóvenes, parejas jóvenes y familias numerosas.
ATENCIÓN El plazo de presentación de candidaturas ha expirado
Si eres un joven menor de 40 años, una pareja joven (ambos menores de 40 años) o una familia numerosa (con al menos tres hijos a cargo que convivan juntos) que ha adquirido (o que ha firmado un precontrato de compraventa), a partir del 1 de julio de 2024, su primera vivienda a reformar situada en la provincia por un precio, impuestos incluidos, de al menos 30.000 euros, incluidos los accesorios, puedes solicitar una contribución presentando una solicitud desde el 6 de noviembre de 2024 hasta el 31 de agosto de 2025.
La contribución que puede recibir es de
La subvención se incrementa en 10.000 euros en el caso de que en el hogar beneficiario de la primera vivienda haya al menos una persona con un grado de discapacidad comprobado igual o superior al 75%, siempre que sea el solicitante, su cónyuge, una pareja de hecho con el solicitante, una pareja de hecho con el solicitante y/o sus respectivos hijos.
La primera vivienda debe pertenecer a una de las categorías catastrales comprendidas entre la A/2 y la A/7 y las dependencias deben pertenecer a las categorías catastrales C/2, C/6, C/7. Los accesorios sólo deben indicarse en la solicitud si se adquieren al mismo tiempo que la primera vivienda para cuyo servicio se utilizan de forma permanente.
Además, la primera vivienda debe cumplir al menos una de las siguientes condiciones
Si es propietario de una parte de una vivienda, puede comprar la parte restante.
No es subvencionable la adquisición, total o en cuotas, de la primera vivienda por el cónyuge, pareja de hecho o pareja de hecho, aunque no convivan, por los parientes y familiares políticos hasta el primer grado y por las empresas individuales o sociedades vinculadas a ellos.
Solicitud de prórroga
Si su solicitud de ayuda ha sido aceptada, puede solicitar una única prórroga del plazo, por motivos justificados y por un período máximo de 12 meses, para
Las limitaciones se rigen por el artículo 8 del Bando.
Podrá acceder a la subvención si, en la fecha de presentación de la solicitud
Para más aclaraciones, consulte los criterios de la convocatoria de propuestas disponibles en la sección de documentos más abajo.
Solicitud de subvención
Rellene y envíe la solicitud, respetando el impuesto sobre actos jurídicos documentados, utilizando la aplicación web accesible desde el siguiente enlace. El acceso a la aplicación web debe realizarse mediante identificación con SPID, CPS/CNS o CIE.
La guía para cumplimentar la solicitud en línea está disponible en el siguiente enlace.
Si presenta la solicitud junto con otro candidato, deberá contar con el poder escrito del otro candidato para la formación y presentación de la solicitud que se cumplimentará mediante el formulario disponible en la sección formularios más abajo. La solicitud será inadmisible si la presenta una persona no apoderada.
Solicitud de contribución
con la aplicación web cargando los siguientes anexos
Solicitud de ampliación del plazo
en el formulario correspondiente, adjuntando fotocopia de un documento de identidad del solicitante o solicitantes
Formato de la documentación transmitida electrónicamente
Los archivos adjuntos a las comunicaciones deben tener uno de los siguientes formatos (y extensiones) PDF/A, PDF, XML, TXT, TIFF, TIF,JPEG, JPG, JFIF, JPE, EML, BMP, CSV y GIF. Esto se debe a que estos formatos están reconocidos como adecuados para la conservación a largo plazo, ya que los documentos producidos con estos formatos son estables. También se permite el formato HTML (pero sólo el cuerpo del mensaje de correo electrónico). La firma digital, en su caso, sólo debe estamparse en los archivos de los formatos permitidos indicados anteriormente.
No se aceptan los formatos comprimidos (por ejemplo, .zip), ya que la identificación inequívoca de los archivos comprimidos y/o ensobrados no está garantizada ni por el servicio de correo electrónico certificado ni por el sistema de gestión de documentos.
Concesiónde la contribución: en un plazo de 90 días a partir de la fecha de presentación de la solicitud, por orden cronológico y hasta que se agoten los recursos disponibles.
Concesión de la prórroga: en un plazo de 45 días a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
Desembolso:
La subvención se desembolsa
Criteri contributo per l’acquisto della prima casa di abitazione da recuperare a favore di giovani, giovani coppie e famiglie numerose - bando 2024
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