Descripción
Las solicitudes de concesión de nuevas derivaciones de agua para uso hidroeléctrico, o relativas a modificaciones de derivaciones existentes con aumento del tramo subtendido y/o del período y/o del caudal a derivar, se presentan al Servicio de Uso Público del Agua (SUAP).
Las mismas solicitudes deben ir acompañadas de una memoria y documentación adecuada para ilustrar los aspectos ambientales y la coherencia del proyecto con los criterios y condicionantes indicados por el Plan General de Uso Público del Agua (PGUAP) y el Plan de Protección de las Aguas (PTA-2022), incluyendo también las características del plan de seguimiento de la masa de agua afectada, en su caso.
El SUAP verifica la documentación recibida, procede a la fase de publicación de un anuncio en el Tablón Oficial de la Región y en el Registro de los municipios territorialmente afectados, con el fin de suscitar la posible presentación de varias solicitudes técnicamente incompatibles en virtud del R.D. nº 1775 de 11 de diciembre de 1933 "Aprobación del Texto Refundido de las disposiciones legales sobre aguas e instalaciones eléctricas". En caso de concurrir causas de inadmisión o inadmisibilidad, procederá a desestimar o inadmitir la solicitud mediante la adopción de un acto expreso.