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Concesión de prestaciones económicas a inválidos civiles, ciegos civiles y sordos

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Pensiones, subsidios y prestaciones para inválidos civiles, ciegos civiles y sordos.

Descripción

Las personas aquejadas de patologías invalidantes y reconocidas como inválidos civiles, ciegos civiles o sordos por la autoridad sanitaria competente tienen derecho a prestaciones económicas, de carácter asistencial, en forma de pensiones y subsidios.

El acceso a las prestaciones económicas implica dos fases, una relativa a la valoración sanitaria de la patología invalidante y otra relativa a la comprobación de los requisitos socioeconómicos.

La valoración de la patología invalidante, ceguera o sordera es competencia de la Unidad Operativa de Medicina Legal de la Agencia Provincial de Servicios Sanitarios de Trento. El resultado del informe de evaluación sanitaria se remite al interesado y a la Agencia Provincial de Asistencia y Previsión Complementaria (Apapi), para la comprobación de los requisitos socioeconómicos.

Para acceder a las prestaciones económicas, el interesado debe presentar una solicitud a la Agencia Provincial de Asistencia y Previsión Complementaria, que, tras comprobar los requisitos residuales, concederá y abonará la prestación.

Las prestaciones económicas para inválidos civiles se dividen en pensiones y subsidios; las pensiones están sujetas a límites de renta (se hace referencia a la renta personal sujeta al Irpef). Los subsidios se abonan sin límite de ingresos.

Las cuantías de las pensiones y subsidios varían en función del tipo de discapacidad, la edad y el porcentaje de discapacidad reconocido.

El cuadro que figura en el siguiente enlace muestra las cuantías de las pensiones y subsidios para los años 2024 y 2025.

Las prestaciones se abonan en 13 mensualidades, a partir del primer día del mes siguiente a la presentación de la solicitud de evaluación de salud.

En caso de fallecimiento del beneficiario, los herederos legítimos tienen derecho a percibir los importes devengados en la fecha del fallecimiento, aunque el fallecimiento se haya producido antes de la realización del reconocimiento médico, o después del reconocimiento médico pero antes de la adopción de la medida de concesión por parte de la Apapi.

A quién está dirigido

Para el acceso a las prestaciones económicas, además del reconocimiento de la discapacidad, ceguera o sordera por la autoridad sanitaria competente, se exigen requisitos generales y económicos.

Requisitos generales

  • residencia en la provincia de Trento
  • ciudadanía italiana o de la UE
  • ciudadanía no comunitaria y posesión de un permiso de residencia por un período no inferior a un año
  • no ser beneficiario de pensiones de guerra o de servicio o de pensiones por accidente de trabajo de las administraciones públicas por la misma discapacidad por la que se solicita la prestación.

Requisitos económicos:

Para las pensiones civiles de invalidez, ceguera y sordera, se exigen unos ingresos personales inferiores a un determinado límite, revalorizados anualmente. A continuación se detallan los límites de renta para los años 2024 y 2025:

LÍMITES DE RENTA INVÁLIDOS PARCIALES INVÁLIDOS ABSOLUTOS, CIEGOS Y SORDOS
AÑO 2024 5.725,46 euros 19.461,12 euros
AÑO 2025 5.771,35 euros euros 19.772,50

Los límites anteriores se refieren:

1) para las prestaciones que se abonen en 2025 por primera vez, a la renta presunta sujeta al IRPEF del año 2025. El beneficiario de la prestación, reconocida sobre la base de los rendimientos declarados en el año 2025 con carácter presunto ("primer pago"), deberá presentar, antes del 30 de junio de 2026 , una declaración de los rendimientos efectivamente obtenidos en 2025.

2) para las prestaciones ya en curso de pago, a las rentas sujetas al IRPEF percibidas en el año 2024.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Solicitud debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante.

Para los solicitantes que no sean ciudadanos de la UE, copia del permiso de residencia válido por un periodo no inferior a un año.

Modelos

Tiempos y plazos

La solicitud puede presentarse en cualquier momento del año.

120 días

Días máximos de espera

A partir del día siguiente a la recepción de la solicitud.

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Disciplina degli interventi assistenziali in favore degli invalidi civili, dei ciechi civili e dei sordomuti

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Información adicional

Última actualización: 28/07/2025 12:01

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