Descripción
La Provincia de Trento ha aprobado los criterios y procedimientos para la concesión de becas de estudio, de conformidad con el artículo 76 de la Ley Provincial nº 5 de 7 de agosto de 2006.
Se trata de un beneficio a favor de los estudiantes masculinos y femeninos matriculados y que asisten a las siguientes instituciones educativas parroquiales
- Asociación Pedagógica Steineriana - Escuela Rudolf Steiner de Trento
- Colegio Arzobispal "Celestino Endrici" de Trento y Colegio Arzobispal "Dame Inglesi" de Rovereto
- Fondazione Famiglia Materna - Institución Escolar "La Vela" de Rovereto
- Cooperativa Sociale Sacra Famiglia - Escuela "Sacra Famiglia" de Trento
- Gardascuola Società Cooperativa - Instituto "Gardascuola" de Arco
- Istituto Figlie del Sacro Cuore di Gesù de Trento
- Instituto Salesiano "Maria Ausiliatrice" de Trento
- Instituto Salesiano "Santa Croce" de Mezzano del Primiero
- Sociedad Cooperativa Oxford Civezzano - Instituto "Ivo de Carneri" de Civezzano
- Polo Giuseppe Veronesi - Liceo Steam International de Rovereto
Los gastos subvencionables son las tasas de matriculación y asistencia a las escuelas homólogas mencionadas.
Importe de la beca de estudios y método de cálculo
La beca de estudios se abona por un importe comprendido entre un mínimo de 50,00 euros y un máximo de
- 600,00 euros para los matriculados en la escuela primaria
- 700,00 euros para los matriculados en secundaria
- 1.100,00 euros para los matriculados en secundaria
Para determinar la cuantía de la asignación por estudios que corresponde a cada estudiante, se tiene en cuenta lo siguiente
a) la condición económica del hogar, evaluada según los criterios establecidos por el reglamento del ICEF establecido en la resolución 1256/2025.
En particular, la beca de estudios
- se abona en su cuantía máxima si el hogar tiene un indicador ICEF "Familia" entre 0,00 y 0,2532 (ICEF_inf)
- para los valores del indicador ICEF "Familia" comprendidos entre 0,2532 (ICEF_inf) y 0,3794 (ICEF_sup), el importe de la ayuda al estudio disminuye proporcionalmente a medida que aumenta el ICEF, hasta llegar a ser igual a 50,00 euros en el valor ICEF_sup, en incrementos de un euro
b) para los menores acogidos en centros de acogida a los que no se aplica el requisito del ICEF (ICEF igual a cero).
c) La cuantía de la beca de estudios no podrá superar en ningún caso el importe de los gastos de matrícula y asistencia a cargo del estudiante beneficiario.
La ayuda al estudio no podrá acumularse con otras ayudas o becas concedidas, para los mismos fines, por la Provincia en virtud de otras leyes provinciales.
Restricciones
El estudiante debe cumplir los siguientes requisitos en la fecha de presentación de la solicitud
- residir en la provincia de Trento en la fecha de presentación de la solicitud
- tener como máximo 20 años de edad al final del año escolar al que se refiere la beca (por convenio, el final del año escolar es el 31 de agosto de cada año; por lo tanto, pueden acceder a la beca los estudiantes que, en esa fecha, aún no hayan cumplido los 21 años de edad)
- hayan sido promovidos a la clase a la que asisten en el curso escolar al que se refiere la beca
- asistir a la clase matriculada durante al menos un trimestre del curso escolar al que se refiere la beca de ayuda al estudio
- pertenecer a un hogar con un Indicador "Familia" no superior a 0,3794, según las definiciones para la identificación de la unidad familiar previstas en el reglamento del ICEF recogidas en la resolución nº 1256/25, con exclusión de los menores en régimen de acogimiento en centros de acogida a los que no se aplica este requisito
- no haber solicitado u obtenido otros beneficios para los mismos fines en virtud de otras leyes provinciales