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Ayudas para la apicultura - convocatoria de 2025

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Ayudas relativas a las inversiones realizadas por las explotaciones agrícolas en el sector de la apicultura, de conformidad con la Ley provincial 4/2003 —Artículo 44—

© sconosciuto - Dominio pubblico

Descripción

Esta convocatoria ofrece ayudas a los apicultores del Trentino que deseen invertir en su actividad, en particular para mejorar la producción, reducir los costes, proteger el medio ambiente y el bienestar de los animales, y contribuir a la lucha contra el cambio climático. Se trata de ayudas para inversiones en explotaciones agrícolas relacionadas con la producción primaria en el sector de la apicultura. Es importante saber que las condiciones podrían variar ligeramente en función de las indicaciones de la Comisión Europea, pero, en cualquier caso, ya se están recogiendo las solicitudes para 2025.

Son subvencionables los gastos destinados a la construcción de instalaciones para la transformación, el almacenamiento y la comercialización de los productos apícolas, o de almacenes para maquinaria y equipos destinados a la actividad apícola. También son subvencionables los vehículos destinados al transporte de mercancías y otros equipos específicos para la apicultura.
La intensidad de la ayuda es del 40 %. El gasto mínimo subvencionable por solicitud es de 10 000,00 euros (IVA excluido), mientras que el límite máximo es de 250 000,00 euros (IVA excluido).

A quién está dirigido

Pueden participar las microempresas, pequeñas y medianas empresas agrícolas, tanto particulares como sociedades, siempre que se dediquen a la apicultura y cumplan unos requisitos específicos.

Entre las condiciones fundamentales, deben disponer de un expediente empresarial electrónico válido, poseer los títulos de propiedad de los terrenos o las instalaciones objeto de la intervención, disponer de una dirección de correo electrónico certificado (PEC), estar en posesión de un número de IVA agrícola, estar inscritas en la base de datos del registro apícola (BDA) como actividad «ordinaria» y haber declarado al menos 70 colmenas en el censo apícola de 2024. No se admiten aquellos que hayan recibido devoluciones de subvenciones revocadas ni las empresas en situación de dificultad.

Procedimiento

La solicitud deberá presentarse en línea accediendo al sistema informativo agrícola provincial SRTrento en la dirección https://srt.infotn.it, al que también se puede acceder desde el portal https://a4g.provincia.tn.it/

Es necesario ser usuario registrado y la solicitud debe estar firmada digitalmente.

La solicitud requiere diversa información, entre la que se incluyen los datos catastrales (si se trata de obras), una declaración sustitutiva que certifique que no se ha recibido ninguna otra ayuda pública para las mismas iniciativas y que la empresa no se encuentra en situación de dificultad.

A la solicitud deben adjuntarse varios documentos, como un informe técnico, el proyecto, el presupuesto estimativo y, en algunos casos, tres presupuestos de gastos de proveedores diferentes e independientes.

Tiempos y plazos

Para el año 2025, las solicitudes podrán presentarse desde el lunes 3 de agosto hasta el miércoles 17 de septiembre de 2025, a más tardar a las 13:00 horas.

La lista de clasificación por méritos de las solicitudes se aprobará en un plazo de 30 días a partir de la fecha límite de presentación.

La decisión definitiva sobre la concesión o denegación de la subvención se comunicará en un plazo de 70 días a partir de la aprobación de la lista de clasificación.

La presentación de la memoria de actividades deberá realizarse en un plazo de 24 meses a partir de la fecha de concesión de la subvención.

Se podrá solicitar una única prórroga justificada, por un máximo de 24 meses adicionales, dentro del plazo de presentación de la memoria de actividades.

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Criteri generali e modalità attuative per la concessione dei contributi previsti dall''art. 44 "Agevolazioni per l''apicoltura" della legge provinciale 28 marzo 2003, n. 4 e successive modificazioni ed integrazioni (legge provinciale in materia di agricoltura), e contestuale apertura del bando per l''annualità 2025.

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Legge Provinciale 28 marzo 2003, n. 4 art. 44 'Agevolazioni per l'apicoltura'. Approvazione della graduatoria di merito delle domande presentate ai sensi della delibera attuativa della Giunta provinciale n. 1122 di data 01/08/2025. Capitolo 500550.

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Información adicional

Última actualización: 23/06/2026 12:13

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