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FORMULARIOS EN PROCESO DE ACTUALIZACIÓN: las solicitudes presentadas a partir del 15/09/2026 podrán regularizarse
¡Atención!
- Se señala que el cumplimiento de los requisitos de acceso específicos para esta medida de ayuda (previstos en el punto 7, apartado 2, de las disposiciones específicas) debe constar en las cuentas anuales correspondientes al ejercicio anterior a la fecha de presentación de la solicitud, tal y como se define en el punto 6, apartado 1, letra g), de las citadas disposiciones específicas (y, por lo tanto, para las solicitudes presentadas a lo largodel año 2026, se tomará como referencia el balance de 2025 aprobado y depositado en el Registro Mercantil en el caso de las sociedades de capital, o el que figure en el libro de inventario en el caso de las sociedades personales).
- Tal y como prevén las disposiciones generales, comunes a todas las ayudas, tal y como fueron modificadas mediante la resolución n.º 1682/2025, a partir del 1 de noviembre de 2025 el requisito de acceso relativo a la regularidad en el pago de las cotizaciones a los organismos de seguridad social y asistencia social presupone la existencia de unDURC válido en la fecha de presentación de la solicitud.