Ayudas a las redes de empresas - Ley Foral 6/1999

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Servicio del 01/01/2023 al 30/06/2025

Ayudas a las combinaciones de empresas. Disposiciones en vigor a partir del 1 de enero de 2023

Destacado

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Anuncio de suspensión de solicitudes de ayudas para consorcios y redes empresariales

Se suspende la presentación de solicitudes a partir del 1 de julio de 2025

Descripción

Se pone en conocimiento de todos los interesados que la Diputación Foral, mediante Resolución nº 891 de 20 de junio de 2025, ha resuelto suspender a partir del 1 de julio de 2025 las ayudas a consorcios y redes empresariales a que se refiere el artículo 24 octies y novies de la Ley Foral nº 6/99.

Por lo tanto, a partir del 1 de julio de 2025 no será posible presentar solicitudes para dichas ayudas.

Con el fin de apoyar las agregaciones entre empresas, incluidas las transregionales y transnacionales, se conceden subvenciones para promover la celebración de contratos de red, tal como se definen en el artículo 3, apartado 4 ter, del Decreto-Ley nº 5 de 2009, convertido por la Ley nº 33 de 2009.

A tal efecto, se han establecido ayudas en virtud del artículo 24-novies "Ayudas a las redes de empresas" de la Ley Foral no 6 de 13 de diciembre de 1999, pagaderas en régimen "de minimis".

Tipos de intervenciones subvencionables

Son subvencionables

  1. los gastos jurídicos, administrativos y de consultoría en que haya incurrido la red para llegar a la firma del contrato, siempre que se haya firmado el propio contrato;
  2. .
  3. la constitución del fondo patrimonial común destinado a financiar el ejercicio de:
    1. la formación del personal que participe en el proyecto de la red
    2. .
    3. contratación de personal para los proyectos de internacionalización de la red
    4. .
    5. adquisición de hardware y software para el proyecto de red
    6. .
    7. adquisición de patentes y derechos de utilización de tecnología
    8. .
    9. intervenciones de promoción y comercialización
    10. .
    11. asesoramiento externo especializado dirigido a la promoción y desarrollo del proyecto de red, incluyendo proyectos de internacionalización
    12. .
Límites de los gastos subvencionables
  • El gasto mínimo subvencionable es de 2.500,00 euros;
  • El gasto máximo prorrateado no podrá superar un tercio del fondo;
  • El gasto máximo del fondo es de 200.000,00 euros.
Medida de contribución

Las medidas de contribución a fondo perdido, según el régimen de ayudas "de minimis", son

  • 50% sobre las participaciones en el fondo de capital
  • 30% sobre los costes legales, administrativos y de consultoría incurridos para llegar a la firma del contrato de red

A partir del 7 de febrero de 2024, la contribución se concede en virtud del nuevo Reglamento de minimis 2023/2831. Hasta el 30 de junio de 2024, la contribución puede concederse en virtud del antiguo Reglamento 1407/2014 modificado solo si es más favorable para el solicitante en términos de límite máximo de ayuda.

Restricciones

Costes

No hay más gastos de solicitud que el impuesto sobre actos jurídicos documentados.

Obligaciones

Las redes de empresas que se beneficien de las facilidades deberán cumplir con

  • obligaciones de afectación: el fondo común de capital de la red deberá destinarse a los fines previstos durante un período mínimo de cinco años desde el pago de la subvención y, durante el mismo período, no podrá ser devuelto, ni siquiera en parte, a las empresas integrantes;
  • obligaciones de arraigo territorial: las empresas cuya participación en la red se facilite deberán mantener su unidad operativa en el territorio provincial durante un periodo de al menos 5 años a partir del pago de la subvención;
  • prohibición de distribuir recursos, bajo cualquier forma, entre las empresas miembros, según los criterios de aplicación de la ley;
  • compromiso de los solicitantes de cumplir las obligaciones establecidas en el apartado 6 del artículo 16 de la Ley Foral 6/1999;
Acumulación

La presentación de una solicitud al amparo de estos criterios conlleva la obligación de no beneficiarse de otras concesiones para la misma iniciativa, pudiendo renunciar a las ya obtenidas con anterioridad a la concesión de incentivos al amparo de la Ley Foral. En cualquier caso, está permitido beneficiarse de desgravaciones fiscales o sociales que no constituyan ayudas estatales. Las normas comunitarias sobre acumulación de ayudas estatales no se ven afectadas en ningún caso.

A quién está dirigido

Las intervenciones previstas se dirigen a redes en las que participan empresas:

  1. de cualquier tamaño, incluso grandes, incluidas las transregionales y transnacionales;
  2. que tengan al menos una unidad operativa en el territorio provincial que desarrolle actividades comprendidas en los códigos identificados en la tabla A de las normas generales (Resolución de la Diputación nº 1911/2012 y posteriores modificaciones).
  3. .

Requisitos de acceso

Ser beneficiario de las ayudas según estos criterios:

  1. Las redes empresariales podrán tener o no subjetividad jurídica.
  2. El contrato de red deberá estar suscrito por el operador de la red.
  3. El contrato de red debe ser:
    1. inscrito en el Registro Mercantil de Trento
    2. .
    3. suscrito por al menos tres empresas
    4. .
    5. suscritas por grandes empresas o por partes que no sean empresas por una cuota no superior a un tercio de los suscriptores
    6. .
.

La solicitud puede ser presentada por

  • Representante legal de la empresa
  • Delegado

Procedimiento

Presentación de la solicitud en procedimiento automático

Las aportaciones al fondo de capital común de la red y otros gastos deben haberse efectuado ya en la fecha de presentación de la solicitud, siempre que se hayan realizado como máximo dieciocho meses antes de dicha fecha.

Los solicitantes deben presentar una solicitud de subvención al organismo examinador, únicamente por correo electrónico certificado (PEC), so pena de inadmisibilidad de la propia solicitud e incluyendo la documentación requerida.

La documentación deberá ir firmada alternativamente

  • con firma digital
  • con firma manuscrita, escaneada y adjuntada al mensaje de correo electrónico junto con una copia del documento de identidad del solicitante.
Plazos de solicitud
Las solicitudes podrán presentarse a partir del 1 de enero de 2023

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Para acceder a la subvención, los solicitantes deberán presentar los siguientes documentos

  • solicitud
  • declaración de gastos realizados
  • lista de la red empresarial
  • hoja de novedades
  • poder (si lo hubiera)
  • política de privacidad
Attenzione! CUP per le domande presentate dal 22 aprile 2023 con fatture emesse dal 1° giugno 2023

Como ya se ha destacado en las convocatorias de concesión de ayudas, en particular para todas las facturas relativas a las solicitudes presentadas a partir del 22 de abril de 2023 y emitidas a partir del 1 de junio de 2023, es obligatoria la trazabilidad de los gastos (colocación del código único de proyecto - CUP) de acuerdo con las indicaciones operativas previstas por la Resolución de la Diputación Provincial nº 728 de 23 de mayo de 2024. La regularización sólo se permite en la forma prevista en la misma (en particular, la integración electrónica en el sistema de intercambio AdE).

 

Se prevén consecuencias específicas en caso de incumplimiento de las citadas instrucciones operativas: si, al resultado de los controles/comprobaciones durante la supervisión, se comprueba que las facturas/liquidaciones de pago carecen del CUP (aunque esté mal adherido), o de la declaración jurada sustitutiva o del certificado de verificación, o no están regularizadas conforme a la citada resolución, las mismas no se considerarán subvencionables y darán lugar a la pérdida de la parte correspondiente de la subvención y al reintegro de las cantidades ya abonadas.

Modelos

Tiempos y plazos

La presentación de solicitudes se suspenderá a partir del 1 de julio de 2025

60 días

Días máximos de espera

El plazo del procedimiento para dictar la resolución se establece en 60 días a contar desde el día siguiente a la recepción de la solicitud de subvención, sin perjuicio de posibles suspensiones.Plazo para el inicio de las iniciativasDía siguiente a la fecha de recepción de la solicitudTiempo límite para la realización de las iniciativasLas aportaciones al fondo común de capital de la red y otros gastos deben haberse realizado ya en la fecha de presentación de la solicitud, siempre que no se hayan efectuado con anterioridad a los 18 meses previos a dicha fecha.Plazo para la comunicación de la inversiónLos documentos para el desembolso de la subvención deben presentarse junto con la solicitud de subvención.

Una vez concedidas, las cotizaciones se abonan de una sola vez.

Costes

Timbre fiscal
16,00 Euro

Documentos

Normativa de referencia

Interventi della Provincia per il sostegno dell'economia e della nuova imprenditorialità locale, femminile e giovanile. Aiuti per i servizi alle imprese, alle reti d'impresa, all'innovazione e all'internazionalizzazione. Modificazioni della legge sulla programmazione provinciale.

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Criteri e modalità per l'applicazione della legge "Aiuti per le reti d'impresa". Legge provinciale 13 dicembre 1999, n. 6

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Modifica delle disposizioni di carattere generale e comune a tutti gli interventi e delle disposizioni specifiche per singoli interventi, ai sensi dell'articolo 6 della legge provinciale n. 6/2023 e relativa apertura dei termini di applicazione e presentazione delle domande di incentivo anche a valere sull'Avviso 'Nuova Impresa 2023'. Disposizioni riguardanti l'applicazione del Regolamento (UE) n. 2023/2831 della Commissione del 13 dicembre 2023

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Articolo 5 del D.L. 24 febbraio 2023, n. 13 convertito con L. 21 aprile 2023, n. 41: approvazione prime indicazioni operative riguardanti l'apposizione del Codice unico di progetto (CUP) e modifica dell'Avviso Nuova Impresa 2023 (approvato con deliberazione di Giunta provinciale n. 2015/2023).

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Información adicional

Última actualización: 17/11/2025 12:37

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