Descripción
Ayudas concedidas en régimen de minimis a centros de asistencia técnica empresarial - CAT y entidades que realicen actividades degarantía colectiva de crédito, por servicios prestados a empresas en el año anterior a la presentación de la solicitud de ayuda.
Los gastos subvencionables se corresponden, en particular, con el importe que figura en la partida "B - Costes totales de producción" de la cuenta de pérdidas y ganancias (o, en los casos previstos en los criterios, en la partida análoga de la contabilidad) del balance del año anterior al de presentación de la solicitud de ayuda .
Para ser aceptadas, las solicitudes de ayuda deben presentargastos subvencionables iguales o superiores a 50.000 euros.
La ayuda, concedida en régimen de minimis y abonada en un solo pago, equivale al 50% de los gastos subvencionables. El importe máximo de la ayuda es de 100 mil euros.
La ayuda se concede en virtud del nuevo Reglamento de minimis 2023/2831.
Restricciones
A cambio de la ayuda recibida, la empresa está obligada a cumplir una serie de obligaciones establecidas en unos criterios.