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Ayudas a las empresas para inversiones fijas - Ley Provincial 6/1999

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Medida de ayuda que finaliza el 31 de diciembre de 2024, de conformidad con la resolución del Consejo Provincial n.º 1901, de 22 de noviembre de 2024, punto 6.

Ayudas concedidas, mediante procedimiento de evaluación o negociación, para inversiones fijas relacionadas con terrenos, edificios, instalaciones, maquinaria, equipos, patentes e infraestructuras

Descripción

Se pueden solicitar ayudas para proyectos de inversión, tanto mobiliarios como inmobiliarios, que se enmarquen en las siguientes iniciativas prioritarias:

  1. ACTIVIDADES SUSTITUTIVAS/REHABILITACIONES
  2. NUEVAS INICIATIVAS/RECONVERSIONES
  3. REDES DE EMPRESAS
  4. CALIDAD EN LA EMPRESA
  5. INNOVACIÓN EMPRESARIAL
  6. CRECIMIENTO EMPRESARIAL

También se pueden subvencionar las inversiones en tecnologías ecológicamente eficientes, destinadas al ahorro y al uso racional de la energía, que tengan como objetivo: proteger el medio ambiente natural, reducir las emisiones potencialmente contaminantes, recuperar y reutilizar los residuos de la empresa, etc.

Límites de gasto subvencionable

El importe mínimo de la solicitud de subvención debe ser superior a 300 000,00 euros.
Las solicitudes de subvención se examinan mediante procedimientos de evaluación o negociación.
Los gastos relacionados con la inversión deben, por norma general, haberse incurrido tras la presentación de la solicitud.

Medida de subvención

El importe máximo de la subvención no puede superar el 30 % de los gastos subvencionables. 

Attenzione!

A partir del 1 de enero de 2023, las nuevas solicitudes serán gestionadas por APIAE y ya no por los Confidi.

 

Mediante la resolución del Consejo Provincial n.º 526/2023 se ha dispuesto que, a partir del 25 de marzo de 2023, los criterios para la concesión de ayudas a las inversiones fijas se aplicarán exclusivamente a las solicitudes de subvención con un importe de gasto superior a 300 000,00 euros (con excepción de las intervenciones dispuestas por Trentino Sviluppo S.p.a.).

Por lo tanto, las solicitudes de subvención con un importe inferior a dichos umbrales pueden presentarse, para determinados tipos de inversión, con arreglo a los criterios para la concesión de ayudas mediante procedimiento automático.

A quién está dirigido

Pueden acogerse a las ayudas:
las empresas, los consorcios de empresas, las entidades y asociaciones dedicadas a actividades empresariales, así como las asociaciones sectoriales.

La solicitud puede ser presentada por:

  • Titular o representante legal de la empresa
  • Un delegado

Procedimiento

Las solicitudes correspondientes a gastos superiores a 300.000,00 euros deberán presentarse a la APIAE exclusivamente a través de correo electrónico certificado (PEC).

La documentación debe estar firmada, alternativamente:

  • con firma digital;
  • con firma manuscrita, acompañada del documento de identidad del firmante

Requisitos

Documentación que se debe presentar

  • declaración sustitutiva de certificación y de la declaración jurada
  • copia del documento de identidad del titular o del representante legal (en caso de delegación o envío a través de correo electrónico certificado sin firma
  • digital)
  • poder para la firma y/o el envío telemático de la solicitud
  • informe integrado (que incluya el informe técnico-económico-financiero en caso de procedimiento de evaluación, o bien que incluya el plan estratégico y la propuesta de negociación en caso de procedimiento de negociación)
  • copia simple de los balances correspondientes a los dos últimos ejercicios que figuren en el libro de inventario (en caso de que aún no se hayan
  • presentados ante el organismo instructor o en el Registro Mercantil)
  • copia simple de la última declaración de la renta (solo para las empresas que, en el año natural anterior al de
  • presentación de la solicitud hayan adoptado un régimen distinto del ordinario)

En el caso de inversiones mobiliarias e instalaciones no incluidas en otras inversiones inmobiliarias

  • copia simple de los presupuestos de los gastos previstos
  • copia simple del contrato de compraventa preliminar debidamente registrado (en caso de adquisición de patentes o de derechos de uso de tecnologías)

En el caso de obras de construcción, que puedan incluir instalaciones inmobiliarias y la adquisición del terreno

  • proyecto completo con informe técnico, planos, secciones y, en su caso, alzados y planta, firmados por un técnico habilitado inscrito en el Colegio Profesional
  • copia del plano de la vivienda físicamente dividida
  • ficha técnica
  • presupuesto detallado firmado por un técnico habilitado e inscrito en el Colegio Profesional, en el que se indiquen el coste y la superficie del terreno que se va a adquirir (para obras de construcción cuyo importe supere los 1 000 000,00 euros)
  • informe firmado por un técnico colegiado, en el que se describan y cuantifiquen puntualmente
  • las obras y/o instalaciones ya realizadas, junto con la documentación fotográfica adecuada
  • del estado de las obras, en la que se pueda constatar la fecha (únicamente en el caso de obras de construcción cuya fecha de inicio sea
  • anterior a la fecha de presentación de la solicitud)

En caso de compra de inmuebles o terrenos

  • , copia simple del contrato de compraventa, debidamente inscrito
  • ficha técnica
  • informe técnico, en el que se indique el estado de conservación, acompañado de planos, secciones, extracto del catastro y, en su caso, alzados, firmados por un técnico habilitado y inscrito en el Colegio Profesional
  • copia del plano de la vivienda físicamente dividida
  • copia simple del acta de adjudicación (en caso de adquisición de inmuebles procedentes de procedimientos concursales o de ventas forzadas)

En caso de adquisiciones mediante arrendamiento financiero

  • copia simple de la propuesta de contrato en la que figure el valor original del bien y los elementos para determinar el coste total de la operación
Attenzione! CUP per le domande presentate dal 22 aprile 2023 con fatture emesse dal 1° giugno 2023

Tal y como ya se ha señalado en las comunicaciones de concesión de las ayudas, en particular para todas las facturas relativas a solicitudespresentadas a partir del 22 de abril de 2023 y emitidas a partir del 1 de junio de 2023, es obligatorioidentificar los gastos (mediante la inclusión del código único de proyecto - CUP) de acuerdo con las instrucciones operativas previstasenla resolución del Consejo Provincial n.º 728, de 23 de mayo de 2024. La regularización solo se admite mediante las modalidades previstas en dicha resolución (en particular, la integración electrónica en el sistema de intercambio de la Agencia Tributaria).

 

Se prevénconsecuencias específicas en caso de incumplimiento de las citadas instrucciones operativas: si, como resultado de los controles o verificaciones realizados en el marco de la supervisión, las facturas o recibos de pago carezcan del CUP (incluso si no está correctamente indicado), o carezcan de la declaración sustitutiva de acto notarial o del certificado de verificación, o bien no estén regularizadas conforme a lo previsto anteriormente en la citada resolución, las mismas no se considerarán admisibles y darán lugar a la pérdida de la parte correspondiente de la bonificación y a la recuperación de las cantidades que se hayan abonado.

Modelos

Tiempos y plazos

Ya no es posible presentar solicitudes.

Costes

Sello fiscal
16,00 euros

Documentos

Normativa de referencia

Interventi della Provincia per il sostegno dell'economia e della nuova imprenditorialità locale, femminile e giovanile. Aiuti per i servizi alle imprese, alle reti d'impresa, all'innovazione e all'internazionalizzazione. Modificazioni della legge sulla programmazione provinciale.

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Criteri e modalità per l'applicazione della legge - Norme di carattere generale - Legge provinciale 13 dicembre 1999, n. 6

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L.P. 6/99 - Legge provinciali sugli incentivi alle imprese - art. 3 approvati con Del. G.P. n. 526 del 24/3/2023

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Información adicional

Última actualización: 16/09/2026 19:01

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