Descripción
Aportaciones concedidas a cooperativas de viviendas de propiedad individual o indivisa en aplicación de la legislación foral de viviendas protegidas y posteriores planes extraordinarios.
Las sociedades cooperativas de viviendas de propiedad indivisa para la transmisión de la propiedad de viviendas a los socios podrán solicitar
- emitir autorización para la transmisión de la propiedad de viviendas a los socios
- emitir la determinación definitiva de las cantidades a reembolsar por los socios
- hacerse cargo de la cesión de la vivienda en caso de fallecimiento del socio.
Los socios de las cooperativas de viviendas, tras convertirse en propietarios de la vivienda adjudicada, podrán solicitar
- la transferencia de la adjudicación a otra vivienda
- certificación de la extinción de cargas a efectos de cancelación de la inscripción en el registro de la propiedad
- subrogación del préstamo bonificado
- autorización de alquiler y otros derechos reales