Descripción
Aportaciones concedidas a cooperativas de viviendas de propiedad individual o indivisa en aplicación de la legislación foral de viviendas protegidas y posteriores planes extraordinarios.
Las sociedades cooperativas de viviendas de propiedad indivisa para la transmisión de la propiedad de viviendas a los socios podrán solicitar
- emitir autorización para la transmisión de la propiedad de viviendas a los socios
- emitir la determinación definitiva de las cantidades a reembolsar por los socios
- asumir la cesión de la vivienda en caso de fallecimiento del socio
Los socios de las cooperativas de viviendas, tras convertirse en propietarios de la vivienda adjudicada, podrán solicitar
- la transferencia de la adjudicación a otra vivienda
- certificación de la extinción de cargas a efectos de cancelación de la inscripción en el registro de la propiedad
- subrogación del préstamo bonificado
- autorización de alquiler y otros derechos reales