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Ayudas a la promoción y la información local (SIEG) – Ley Provincial 18/2016, art. 2, apartado 2

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Concesión de subvenciones a la información local (ayudas en régimen «de minimis») para servicios de interés económico general (SIEG). Resolución del Consejo Provincial n.º 2030, de 13 de diciembre de 2024.

Descripción

Restricciones

La solicitud debe presentarse entre el 1 y el 30 de noviembre del año anterior a la realización de las actividades. Si se presenta fuera de dicho plazo, se declarará inadmisible.

Por cada año natural de ejecución de los servicios, los interesados pueden presentar una única solicitud de subvención en relación con el plan de proyecto, con arreglo a los criterios establecidos. Alternativamente, la misma empresa puede presentar una solicitud de subvención con arreglo a las disposiciones previstas por la Junta Provincial en su resolución n.º 293, de 23 de febrero de 2017, y sus modificaciones posteriores.

No se podrán presentar solicitudes para ambos instrumentos en un mismo año natural.

La fecha límite para la realización de las iniciativas contempladas en la propuesta de servicios SIEG está fijada para el 31 de diciembre del año de referencia.

A quién está dirigido

En aplicación del apartado 2 del artículo 2 de la Ley 18/2016, se identifican los siguientes tipos de medios de comunicación capaces de prestar un servicio de interés económico general (SIEG):

- las emisoras de televisión provinciales o de valle, entendidas como titulares de una concesión o autorización sobre frecuencias terrestres, que tienen la responsabilidad editorial de la programación televisiva;

- las emisoras de radio provinciales o de valle, entendidas como titulares de una concesión o autorización sobre frecuencias terrestres, que tienen la responsabilidad de las parrillas de programación radiofónica;

- los portales informativos locales en línea, entendidos como titulares de un portal de Internet que asumen la responsabilidad de la publicación de contenidos informativos de producción propia.

1. Para poder beneficiarse de las ayudas SIEG, las empresas deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 3 y 4 de la Ley Provincial n.º 18 de 2016 y presentar una propuesta en la que se definan claramente los servicios que pretenden prestar, así como los compromisos previstos en el art. 4, apartado 4, de la Ley Provincial 18/2016.

2. Los sujetos a los que se refiere el artículo 2 podrán acceder a las ayudas previstas en los presentes criterios si se cumplen las siguientes condiciones:

a) cadenas de televisión provinciales: deben emitir contenidos informativos de producción propia, con una cobertura de al menos el 30 % de la población residente en el territorio provincial;

b) cadenas de televisión de valle: deben emitir contenidos informativos de producción propia, con una cobertura de al menos el 50 % de la población residente en la Comunidad de Valle;

c) emisoras de radio provinciales: deben emitir contenidos informativos de producción propia, con una cobertura de al menos el 30 % de la población residente en el territorio provincial;

d) emisoras de radio de valle: deben emitir contenidos informativos de producción propia, con una cobertura de al menos el 50 % de la población residente en la Comunidad de Valle;

e) portales informativos en línea: deben publicar contenidos informativos sobre temas relacionados específicamente con el Trentino o de especial interés para la población trentina. En el caso de los portales en línea que sean extensión de medios de comunicación impresos o de emisoras de radio y televisión que cumplan los requisitos establecidos en los presentes criterios, dichos contenidos no deben ser una mera reproducción de los publicados o emitidos por estas últimas. Las web-TV y las web-radio, es decir, aquellas emisoras que transmiten sus contenidos televisivos o radiofónicos a través de Internet, se considerarán portales informativos en línea.

3. La cobertura de la población se calcula sumando la población residente en los territorios atendidos, según la definición del apartado 2, tal y como resulta del último censo, al respecto del total de la población residente en Trentino o en las Comunidades de Valle de referencia, en el caso de las televisiones o radios de valle.

4. Los solicitantes deberán cumplir los requisitos establecidos en el presente artículo en la fecha de presentación de la solicitud y durante todo el año natural anterior, o durante todo el período de actividad, en el caso de los solicitantes que hayan surgido durante el año natural anterior.

Procedimiento

La presentación de las propuestas relativas a los servicios SIEG deberá realizarse ante el Servicio de Minorías Lingüísticas y Relaciones Exteriores de la Provincia, entre el 1 y el 30 de noviembre del año anterior a la realización de las actividades. Si se presentan fuera del plazo mencionado, se declararán inadmisibles. Las propuestas deben presentarse mediante correo electrónico certificado (PEC). La fecha de presentación de las propuestas se corresponde con la fecha de envío.

El Servicio de Minorías Lingüísticas y Relaciones Exteriores indicará, mediante resolución propia, a más tardar el mes anterior al periodo de presentación de solicitudes, los criterios temáticos y las prioridades informativas que sirvan para definir las propuestas de contenido del servicio público.

Los plazos del procedimiento para la adopción de la resolución de concesión se fijan en 60 días a partir del día siguiente a la fecha límite de presentación de las solicitudes.

Mediante notificación al interesado y de conformidad con la ley provincial sobre la actividad administrativa, los plazos del procedimiento quedarán suspendidos por:

a) la obtención de la documentación complementaria;

b) la eventual obtención del certificado antimafia expedido por la Comisaría del Gobierno competente o la Prefectura competente.

Tiempos y plazos

2026 30 nov

Periodo di presentazione della domanda di contributo 01/11/2026 ⇢ 30/11/2026

La presentación de las propuestas relativas a los servicios SIEG deberá realizarse ante el Servicio de Minorías Lingüísticas y Relaciones Exteriores de la Provincia entre el 1 y el 30 de noviembre del año anterior a la realización de las actividades. Si se presentan fuera del plazo mencionado, se declararán inadmisibles. Las propuestas deben presentarse mediante correo electrónico certificado (PEC). La fecha de presentación de las propuestas será la fecha de envío.

60 días

Días máximos de espera

Los 60 días comienzan a contar a partir del día siguiente a la fecha límite de presentación de la solicitud.

Costes

timbre fiscal
16,00 euros

que se debe adjuntar a la solicitud

Documentos

Normativa de referencia

Interventi di promozione dell'informazione locale

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Nuovi criteri e modalità per la concessione delle agevolazioni previste dall'art. 2, comma 2, della L.P. 7 dicembre 2016, n. 18 'Interventi di promozione dell'informazione locale' - SIEG.

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L.P. 7 dicembre 2016, n. 18 'Interventi di promozione dell'informazione locale' - individuazione delle proposte contenutistiche di servizio pubblico come stabilito dalla deliberazione della Giunta provinciale n. 2030 del 13 dicembre 2024.

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Información adicional

Última actualización: 27/10/2026 12:12

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