Descripción
Se trata de ayudas destinadas a la recuperación de los pastos de montaña mediante su reconocimiento como patrimonio cultural y natural de las explotaciones agrícolas, calificados como patrimonio arquitectónico de montaña por la resolución del Consejo Provincial n.º 611, de 22 de marzo de 2002.
La subvención está destinada a la rehabilitación y mejora de los pastos y pastos de montaña de uso común, así como a la ejecución de todas las obras y servicios necesarios para garantizar o mejorar su gestión, incluidas las infraestructuras correspondientes, con el fin de valorizar y proteger los pastos y el entorno natural de montaña. Todo ello con el fin de mantener la tradición del pastoreo de ganado en los pastos de montaña y evitar su abandono, lo que acarrearía inevitables repercusiones negativas sobre las tradiciones rurales de la población agrícola y sobre la atención que se presta al delicado entorno de montaña y a la biodiversidad.
En particular, las intervenciones relativas a la adaptación funcional de los edificios:
- destinados al alojamiento del personal, al refugio del ganado y a las instalaciones anexas, se financiarán con arreglo al Reglamento (UE) n.º 2022/2472;
- destinados a la transformación y venta de productos lácteos, incluidas las instalaciones auxiliares correspondientes, se financiarán de conformidad con el Reglamento de la Comisión Europea en materia de ayudas «de minimis»;
| Con el término «pastoreo de montaña» o «malga» se designa un sistema que comprende la zona de pastoreo y las instalaciones destinadas al alojamiento del ganado y del personal encargado de su cuidado. Todas estas zonas se encuentran a gran altitud, desde un mínimo de 1.000 metros hasta un máximo de 2.500 metros sobre el nivel del mar, y están repartidas por toda la superficie del Trentino, en los distintos valles, y son, en su mayoría, de propiedad pública. El sistema de pastoreo del Trentino siempre se ha caracterizado por tener una duración de entre 80 y 110 días al año (desde principios de junio hasta mediados de septiembre). |
Restricciones
| Solo se podrá presentaruna única solicitudporbeneficiario, y dicha solicitud podrá incluir la petición de acogerse a la iniciativa objeto de la presente resoluciónpara las instalaciones de una única cabaña de montaña. |
| En los ejercicios siguientes, y hasta el final del período de vigencia delReglamento (UE) 2022/2472, el Consejo Provincial, mediante disposiciones posteriores, siempre que haya recursos disponibles en el presupuesto provincial, establecerá los plazos para la presentación de solicitudes y las posibles indicaciones procedimentales adicionales, de conformidad con los criterios previstos en la presente resolución, que se comunicará, en régimen de exención, de conformidad con el Reglamento (UE) 2022/2472, a la Comisión Europea. |
| Los pastos de montaña que se beneficien de la subvención provincial y los pastos correspondientes deberán utilizarse de conformidad con el pliego de condiciones técnico-económicas y las directrices aprobadas medianteresolución del Consejo Provincial n.º 731, de 6 de mayo de 2015. La verificación de las ayudasde minimispercibidas por el beneficiario se llevará a cabo de oficio a través de la base de datos nacional sobre ayudas estatales. La concesión de la subvención conllevala obligaciónpor parte del beneficiario deno enajenar, ceder ni,en cualquier caso, desviar de su destino los bienespara los que se ha concedido la subvención duranteal menos 10 años, de conformidad con lo previstoenel artículo 6 de la Ley Provincial 4/03. El plazo comienza a contar a partir de la fecha de la solicitud de liquidación final de la subvención. En caso de incumplimiento del plazo mencionado en el párrafo anterior, los beneficiarios estarán obligados, salvo por causas de fuerza mayor, a devolver la subvención concedida en proporción a la duración residual del período en curso. La duración restante se calcula desde la fecha en que se comprueben las circunstancias que dan lugar a la revocación de la subvención hasta el final del período correspondiente. El importe correspondiente deberá devolverse incrementado con los intereses al tipo legal a partir de la fecha de cargo del pago. El beneficiario de la subvención deberá, en cualquier caso, permitir al personal encargado de supervisar la aplicación de la normativa vigente el libre acceso a las instalaciones y a la documentación relativa al objeto de la subvención concedida. El control del cumplimiento de las obligaciones que el artículo 6 de la Ley Provincial n.º 4/2003 impone a los solicitantes se llevará a cabo sobre una muestra equivalente al 5 % de las intervenciones sujetas a restricciones, de conformidad con lo previsto en la normativa provincial vigente en la materia, durante el período de vigencia. El control de las declaraciones sustitutivas de certificación y de los actos de notoriedad se llevará a cabo sobre una muestra de al menos el 5 % de los expedientes, de conformidad con lo previsto en las disposiciones provinciales vigentes en la materia. |