Ayudas a la creación de empresas para jóvenes agricultores

  • No activo

El plazo de presentación de solicitudes expiró el 30 de noviembre de 2022.

Cómo solicitar la ayuda a la instalación de jóvenes en la agricultura - Operación 6.1.1. - P.S.R. 2014-2022 - 8ª convocatoria

Descripción

La ayuda consiste en una prima de capital a tanto alzado de 40.000,00 euros y se paga en dos plazos.

El primer plazo, equivalente al importe de 30.000,00 euros, se abonará tras la concesión de la ayuda; el segundo plazo, equivalente al saldo de 10.000,00 euros, se abonará tras la correcta ejecución del plan empresarial y el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad solicitados y especificados a continuación.

Restricciones

Las solicitudes podrán presentarse desde el 1 de septiembre hasta el 30 de noviembre de 2022.

  • La ayuda no es acumulable con otras ayudas a la instalación de jóvenes empresarios, en particular con las concedidas por el ISMEA o al amparo del artículo 24 quáter de la Norma Foral 6/1999 y del artículo 17 de la Norma Foral 4/2003.
  • Durante al menos 10 años a partir de la fecha de presentación de la solicitud de pago del segundo tramo de la ayuda, cada beneficiario deberá mantener la inscripción en la Sección 1 del Registro Provincial de Empresas Agrarias y el número de horas trabajadas. En el caso de las empresas, el beneficiario también deberá mantener el control de la empresa durante el mismo periodo.
  • Desde el inicio de la ejecución de la operación y hasta 2 años desde la fecha de la liquidación final, el beneficiario deberá informar al público sobre la ayuda obtenida en la página web de uso profesional, cuando ésta exista. La duración de las obligaciones y los demás aspectos de aplicación se definen en el punto 3.1. "Web" del documento "Obligaciones de comunicación - Directrices" elaborado por la Autoridad de Gestión y publicado en la página web dedicada al PDR 2014-2020 en este enlace.

A quién está dirigido

Podrán presentar solicitudes los jóvenes agricultores que

  • tengan entre 18 y 40 años en la fecha de presentación de su solicitud y en la fecha de instalación;
  • que se instalen porprimera vez en una explotación agraria en calidad de jefe de explotación, o de cogestor en el caso de una sociedad, siendo la fecha de instalación la fecha de la solicitud de apertura de un número de IVA agrario ante la Agencia Tributaria , o la fecha de constitución o la fecha de otorgamiento de la escritura de modificación de la sociedad en el caso de que el joven se instale en una explotación agraria preexistente
  • poseer cualificaciones y competencias profesionales adecuadas
    • estar en posesión de un título universitario en el ámbito de la agricultura, la silvicultura o la veterinaria;
    • un título de bachillerato técnico o de formación profesional de carácter agrario;
    • otra cualificación equivalente, siempre que la equivalencia esté certificada por un instituto profesional agrario reconocido;
    • cualificación profesional de empresario agrícola (B.P.I.A.) obtenida en un instituto profesional agrícola reconocido, con un curso previsto de una duración no inferior a 600 horas.

Si no se posee la cualificación profesional en la fecha de concesión de la ayuda, deberá obtenerse necesariamente en los 36 meses siguientes a dicha fecha.

Además, deberán cumplirse los siguientes requisitos

  1. El establecimiento deberá estar ya iniciado en la fecha de presentación de la solicitud, pero no totalmente finalizado; el establecimiento podrá iniciarse como máximo 6 meses -elevado a 18 meses sólo para las solicitudes presentadas en el año 2021- antes de la presentación de la solicitud de ayuda. Este plazo se ampliará a 24 meses previa decisión favorable de la Comisión Europea.
  2. El establecimiento debe tener lugar en una empresa con domicilio social, archivo empresarial y centro de negocios en la provincia de Trento; si no hay archivo es es necesario establecerse en un CAA
  3. La explotación debe tener una dimensión económica mínima de 10.000,00 euros y máxima de 150.000,00 euros. En el caso de sociedades, el valor mínimo se considerará por cada socio con los requisitos de joven colono o agricultor profesional, mientras que el valor máximo se duplica en presencia de dos o más socios con los requisitos descritos anteriormente.
  4. La explotación a constituir debe estar inscrita en la sección primera delArchivo Provincial de Empresas Agrariasy alcanzar un volumen de trabajo correspondiente al menos a una unidad de trabajo hombre (ULU), equivalente a 2080 horas de trabajo agrario al año por cabeza beneficiaria en la gestión; en presencia de sociedades, se exigen 2.080 horas por cada joven constituido y 1040 horas por cada otro socio dedicado a la agricultura como ocupación principal, demostrable en el expediente de la sociedad. En el caso de que los requisitos establecidos en la presente carta no se cumplan en la fecha de presentación de la solicitud, deberán cumplirse necesariamente en el plazo de 36 meses a partir de la fecha de concesión de la ayuda;
  5. ser agricultores activos en el sentido del artículo 9 del Reglamento (UE) nº 1307/2013. Si este requisito no se cumple en la fecha de presentación de la solicitud, deberá cumplirse necesariamente en los 18 meses siguientes a la fecha de instalación.

La solicitud puede ser presentada por el joven agricultor, (se puede utilizar un consultor designado para introducir la solicitud en SRTrento solamente).

Procedimiento

Las solicitudes deben presentarse utilizando los procedimientos informatizados del portal https://srt.infotn.it.

Para presentar una solicitud, deberá

  • disponer de firma digital;
  • quien introduzca la solicitud (el joven agricultor o el asesor designado) debe estar acreditado en el portal tal y como se especifica en esta página web

Casos particulares

  1. En caso de establecimiento conjunto de varios jóvenes en una empresa, podrá concederse la ayuda a cada joven.
  2. No podrá concederse la ayuda si la explotación se ha constituido mediante la escisión, realizada en los 36 meses anteriores a la solicitud de ayuda, de una explotación preexistente regentada por el cónyuge, parientes hasta el segundo grado de parentesco del solicitante o convivientes, o por sociedades administradas por ellos. Además, la escisión no debe producirse hasta la fecha de pago del segundo plazo de la ayuda; en caso contrario, se retirará la ayuda y se recuperará el primer plazo abonado.
  3. La ayuda no se concede si la instalación se refiere a la recuperación de una explotación anteriormente explotada por un agricultor menor de 50 años que se haya beneficiado anteriormente de la prima de instalación en virtud del PDR 2000-2006, del PDR 2007-2013 y del artículo 17 de la Norma Foral no 4 de 28 de marzo de 2003.
  4. La ayuda no podrá concederse a jóvenes que se instalen en explotaciones que hayan sido beneficiarias de recuperaciones de cotizaciones concedidas en el marco de los PDR 2007-2013 y 2014-2020 y posteriormente retiradas, sin que hayan sido reembolsadas.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Declaración jurada en la que se certifiquen

  • los datos del cónyuge, parientes y familiares políticos del solicitante hasta el segundo grado, especificando su NIF y grado de parentesco, así como de los familiares convivientes;

Política de privacidad operación 6.1.1.

Política de privacidad de la APPAG

La documentación también contiene

a) la indicación de las calificaciones para la atribución de puntuaciones con referencia a los criterios de selección, con los detalles pertinentes para la adquisición de oficio

b) la declaración jurada que certifique

  • que no se ha beneficiado de otras ayudas a la instalación del joven agricultor, de conformidad con el punto 4 del apartado 4

(c) el plan empresarial, con el contenido del punto 3.1.d).

que aporte elementos suficientes para la evaluación de la consecución de los objetivos y describa

  • la situación de partida de la explotación
  • los hitos y objetivos para el desarrollo de las actividades de la explotación; desde el punto de vista empresarial, deberán describirse la organización de la explotación, la estrategia organizativa y la forma jurídica;
  • detalles de las acciones, incluidas las relacionadas con la sostenibilidad medioambiental y la eficiencia de los recursos, necesarias para el desarrollo de las actividades de la granja, como inversiones, formación, asesoramiento o cualquier otra actividad.

El plan empresarial deberá destacar adecuadamente las iniciativas o actividades relacionadas con al menos uno de los objetivos establecidos en el artículo 58 bis del Reglamento (UE) 1305/2013:

(a) cadenas de suministro cortas y mercados locales;

(b) eficiencia de los recursos, incluida la agricultura de precisión e inteligente, la innovación, la digitalización y la modernización de la maquinaria y los equipos de producción;

(c) condiciones de trabajo seguras;

(d) energías renovables, economía circular y bioeconomía

(e) acceso a tecnologías de la información y la comunicación de alta calidad en las zonas rurales.

La ejecución del plan deberá iniciarse en el plazo de 9 meses desde la concesión de la ayuda, y podrá ser objeto de revisión garantizando el mantenimiento de los hitos mínimos necesarios para la consecución de los objetivos para el desarrollo de las actividades. En el plazo de 30 meses desde la concesión de la ayuda para la ejecución del plan, se podrá presentar una solicitud de variante. No se permiten más de dos variantes.

Modelos

Tiempos y plazos

120 días

Días máximos de espera

Los 120 días corren a partir del final del plazo de solicitud.

Una vez finalizado el plazo de presentación de candidaturas, se aprueba una clasificación de méritos de las candidaturas por determinación del gestor, sobre la base de las puntuaciones otorgadas según los "criterios de selección" previstos.

Cuando se concede la ayuda, la estructura competente asigna el código único del proyecto (CUP) y lo comunica al beneficiario.

Una vez recibida la notificación de la concesión de la ayuda, el beneficiario presentará una solicitud de pago del primer tramo de la ayuda. En los casos en que el solicitante no cumpla los requisitos de admisibilidad, deberá presentar una garantía bancaria o de seguro por el importe del primer tramo de la ayuda que se conceda.

La estructura provincial responsable de la agricultura, a efectos del control in itinere, comprobará el inicio del plan empresarial en un plazo de 9 meses a partir de la fecha de concesión de la ayuda. Si el plan empresarial no se ha iniciado en ese plazo, se retirará la ayuda y se recuperará el primer plazo abonado.

Una vez cumplidos todos los requisitos, la solicitud de pago del segundo plazo de la ayuda concedida deberá presentarse en un plazo máximo de 36 meses desde la fecha de concesión de la ayuda, adjuntando el informe final de ejecución del plan empresarial.

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Modifica alla deliberazione della Giunta provinciale n. 63 del 29 gennaio 2016 e ss.mm.ii relativa all'approvazione delle modalità attuative ed integrative dell'operazione 6.1.1 (Giovani agricoltori) del Programma di Sviluppo rurale della Provincia Autonoma di Trento 2014-2022.

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Approvazione del Programma di Sviluppo Rurale della Provincia Autonoma di Trento 2014-2022 versione 8.1 ai sensi del Regolamento (UE) n.1305/2013 del Parlamento europeo e del Consiglio sul sostegno allo sviluppo rurale da parte del Fondo europeo agricolo per lo sviluppo rurale (FEASR). ICC: 2014IT06RDRP011

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Última actualización: 10/06/2025 14:52

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