Autorización para el transporte transfronterizo de residuos

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Transporte transfronterizo de residuos con origen o destino en países europeos y algunos terceros países: procedimientos que deben seguirse y documentación que debe presentarse a la autoridad competente

Descripción

La legislación de referencia es el Reglamento CE 1013/2006 (en lo sucesivo, el Reglamento) y el artículo 194 del Decreto Legislativo 152/2006. El procedimiento se refiere a la obtención de autorización para la exportación (o importación) a la Unión Europea o a terceros países de residuos que no figuren en la "lista verde" con arreglo alReglamento.

Si el residuo está incluido en la "lista verde" con arreglo al artículo 18 del Reglamento, no hay que solicitar autorización, sino que el transporte se realiza directamente utilizando el anexo VII delReglamento.

La autorización es expedida al notificante (la persona responsable del traslado) por las autoridades competentes de expedición, destino y tránsito (en su caso).

En la provincia de Trento, la autoridad competente de expedición (o importación) es la Agencia Provincial para la Protección del Medio Ambiente - Unidad Organizadora de Autorizaciones Ambientales Integradas.

Restricciones

El notificante debe presentar el expediente de solicitud completo con un sello de ingresos y efectuar el pago de 129,11 euros.

Una vez obtenida la autorización, la expedición del "Documento de Desplazamiento " está supeditada al pago de 25,82 euros por cada formulario solicitado y de la garantía financiera.

A quién está dirigido

- Productores de residuos no incluidos en la "lista verde";

- Notificadores en el sentido del art. 2(15) del Reglamento;

- Instalaciones de valorización o eliminación de residuos.

El representante legal de la empresa que actúa como notificante puede presentar la solicitud.

Procedimiento

En resumen

  1. el Notificante envía la solicitud, en su propio membrete, a la autoridad competente de expedición, a la dirección pec aia.appa@pec.provicia.tn.it., para la expedición del "Documento de Notificación de Movimientos" y del "Documento de Movimiento de Movimientos";
  2. la autoridad competente transmite los documentos mencionados en el punto 1) solicitando la documentación necesaria (véase el archivo "Transporte transfronterizo de residuos - documentación necesaria para la presentación del expediente de notificación" en la sección "Formularios");
  3. el notificante envía el "expediente de notificación" compuesto por la documentación solicitada en el punto 2) a la dirección pec aia.appa@pec.provicia.tn.it;
  4. la autoridad competente de expedición comprueba que el expediente está completo (o solicita cualquier añadido) y lo transmite a las demás autoridades competentes
  5. la autoridad competente de destino envía el "acuse de recibo" al notificante y a las demás autoridades competentes, de conformidad con el apartado 2 del artículo 8 del Reglamento;
  6. en un plazo de 30 días a partir de la fecha del "acuse de recibo", todas las autoridades competentes deben expedir su propia autorización, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento ; la autorización expedida tiene una validez máxima de 1 año (3 años como máximo sólo si las instalaciones de destino son instalaciones de valorización con consentimiento previo, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento)

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Consulte el archivo "Transporte transfronterizo de residuos - documentación necesaria para la presentación del expediente de notificación" pulsando en el enlace "Instrucciones para el transporte transfronterizo de residuos" de la sección "Formularios".

Modelos

Tiempos y plazos

30 días

Días máximos de espera

En un plazo de 30 días a partir de la fecha del "acuse de recibo", comunicado por la autoridad competente de destino, todas las autoridades competentes deben dar su consentimiento.

El Notificante deberá solicitar a la autoridad competente de expedición la expedición del "Documento de Movimiento para Movimientos" (Formularios de Transporte Internacional) mediante la presentación de las garantías financieras en los términos e importes establecidos en el artículo 6 del Reglamento y en el Decreto Ministerial 370/1998.

Costes

Timbre fiscal
16,00 Euro

Expedición 'Documento de circulación
25,82 Euro

Garantía financiera
variable Euro

calculada de acuerdo con el Decreto Ministerial 370/1998 en función del km y del tipo de residuo

Documentos

Normativa de referencia

Regolamento del parlamento europeo e del consiglio relativo alle spedizioni di rifiuti.

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Norme in materia ambientale.

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Regolamento recante norme concernenti le modalita' di prestazione della garanzia finanziaria per il trasporto transfrontaliero di rifiuti.

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Información adicional

Última actualización: 21/10/2025 18:33

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