Descripción
Las zonas fluviales hidráulicas (ZFH), junto con las zonas fluviales ecológicas y paisajísticas, son introducidas por la Parte VI del Plan General de Utilización del Dominio Público Hidráulico (PGUAP), reguladas por el art. 32 de las Normas de Aplicación del mismo Plan e informadas en el Mapa Resumen de Peligrosidad (CSP).
Representan las zonas en las que la posibilidad de expansión de los cauces y por tanto de desbordamiento de avenidas juega un papel destacado y su identificación (perímetro) se realiza en cumplimiento de los principios generales establecidos por el PGUAP según los criterios definidos en el apartado 3.1 del documento "Disposiciones técnicas para la elaboración del Mapa Sumario de Peligrosidad" aprobado con la resolución nº 785 de 19 de mayo de 2017, y que posteriormente se ha mantenido actualizado.
Tal y como establece el apartado 4 del art. 32 de las Normas de aplicación del PGUAP, se permite la realización de cualquier intervención o artefacto en zonas fluviales de interés hidráulico cumpliendo las siguientes condiciones
- no se reduzca sensiblemente la capacidad global de almacenamiento de la zona o se prevean intervenciones hidráulicas compensatorias, previo consentimiento específico de la autoridad hidráulica competente
- que no aumenten las condiciones de riesgo hidrogeológico
- no se determine el empeoramiento de las condiciones de riesgo en los territorios situados aguas abajo, incluso fuera del territorio provincial;
- no se excluya la posibilidad de mitigar o eliminar las causas que determinan la condición de peligrosidad.
Los supuestos de exclusión se rigen por la Resolución de la Diputación Provincial nº 1387 de 30 de mayo de 2008 modificada.