La solicitud, preparada utilizando los formularios puestos a disposición, debe enviarse al PEC de la estructura provincial responsable de la ejecución del contrato; debe presentarse, junto con los anexos obligatorios requeridos, para pagar el impuesto sobre actos jurídicos documentados (que no se exige si el contrato principal se refiere a una licitación cuyo anuncio o carta de invitación se haya publicado después del 15 de septiembre de 2023, ya que el impuesto se paga a tanto alzado por el contratista de conformidad con el Anexo I.4 del Decreto Legislativo nº 36 de 31 de marzo de 2023.
Cabe señalar que el formulario debe utilizarse para los subcontratos relativos a procedimientos iniciados (es decir, para los que se ha publicado el anuncio o se ha enviado la carta de invitación) a partir del 1 de enero de 2025.
También puede utilizarse para los procedimientos iniciados antes del 15 de septiembre de 2023 con estos ajustes:
- debe omitirse la declaración de que los contratos de subcontratación se han adjudicado a PYME por no menos del 20% de los servicios subcontratables (o el umbral diferente indicado en la oferta); si el o.e. la retiene por error, no se tiene en cuenta
- no es necesario incluir en el subcontrato la cláusula de revisión de precios (letra "f" del formulario), parte inferior de la "DOCUMENTACIÓN ADJUNTA COMO PARTE INTEGRADORA DE LA SOLICITUD".