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Autorización de actividades de reinserción social en el ámbito de las adicciones

  • Activo

Modalidades de autorización y acreditación de los dispositivos para la realización de la actividad residencial de reinserción social en el ámbito de las adicciones

Destacado

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Se han reabierto los plazos de presentación de solicitudes.

Descripción

La salida de la comunidad terapéutica por adicción representa una etapa crucial en el itinerario de reinserción de la persona, a menudo marcada por el cansancio y la dificultad para encontrar un hogar o afrontar los problemas cotidianos sin apoyo relacional, lo que la expone al riesgo de recaer en el consumo de sustancias. La reinserción en la vida social es un punto crucial del proceso terapéutico, nada fácil y a menudo lleno de escollos. Los fracasos y las recaídas forman parte del propio itinerario. Además de la continuidad de los cuidados, el acompañamiento, el contacto y el apoyo son indispensables.

El/los dispositivo/s de reinserción social se configura/n como una residencia colectiva, estructurada según un modelo organizativo de tipo familiar, que puede acoger hasta 6 personas que hayan completado el itinerario terapéutico-rehabilitador comunitario con la consecución de los objetivos terapéuticos establecidos. El Servicio está orientado a consolidar la recuperación de la autonomía personal y promover la integración social y laboral (LEA art. 35 párrafo 2 letra c).

La acogida implica la adhesión de la persona a un proyecto individual compartido con la red de servicios y la comunidad de origen. La persona permanece en el alojamiento durante unos meses (periodo que se acordará en la UVM), a la espera de que se defina el proyecto territorial.

El servicio puede representar la etapa final de un itinerario terapéutico rehabilitador de tipo comunitario.

A quién está dirigido

Los requisitos para la autorización y acreditación de un nuevo sujeto que pueda ejercer las funciones incluidas en la actividad sociosanitaria residencial de reinserción social en el ámbito de las adicciones se indican en el Anexo 1 de la Resolución de la Diputación núm. 1289, de 29 de agosto de 2025, y de la Resolución de la Diputación nº 590, de 24 de abril de 2026, sobre Criterios y modalidades para el ejercicio de las funciones de la actividad sociosanitaria residencial de reinserción social en materia de adicciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 quinquies, apartado 1 bis del Decreto Legislativo nº 502/1992.

Más concretamente, en referencia a los requisitos para la acreditación, el solicitante deberá

  • disponer, a cualquier título, de una o varias instalaciones que reúnan los requisitos estructurales previstos en la D.P.G.P. 27 de noviembre de 2000, nº. 30-48 de 27 de noviembre de 2000, con una capacidad de alojamiento de 6 camas residenciales (organizadas en habitaciones con un máximo de dos camas cada una), en las que puedan alojarse hombres y mujeres y, en su caso, personas no binarias, que se evaluarán caso por caso; la(s) instalación(es) deberá(n) estar situada(s) preferentemente en un contexto urbano, es decir, en un lugar de fácil acceso a los transportes públicos y donde sea posible acceder fácilmente a los lugares de trabajo y de socialización para favorecer la participación de los huéspedes en la vida de la comunidad
  • garantizar el cumplimiento de las normas de personal en relación con los requisitos cuantitativos en términos de proporción operador/usuario y cualitativos en términos de adecuación de los títulos y cualificaciones profesionales en relación con el servicio prestado;
  • garantizar el cumplimiento de las normas de personal en relación con los requisitos cuantitativos.

A este respecto, indicamos la composición delequipo que debe garantizarse:

  • coordinador del proyecto: profesional sanitario con titulación de cinco años o licenciado en ciencias sociales o servicio social y con experiencia de al menos 5 años en la gestión de proyectos de rehabilitación en el sector de las adicciones patológicas o de la salud mental, que también podrá desempeñar las funciones de "director sanitario" previstas en la DGP 1529/2007 si está en posesión de una titulación propia del área sanitaria
  • operadores asistenciales: profesionales sanitarios encargados de las actividades de socialización y rehabilitación, en posesión de la cualificación profesional de Terp o Educador Sanitario Profesional; como opción secundaria, es posible cubrir la necesidad de operadores asistenciales con personal titulado en el ámbito social/psicológico/pedagógico que haya adquirido al menos un año de experiencia documentada en el sector específico en un servicio público (incluida la formación profesional y la función pública universal) o privado autorizado y/o acreditado en el ámbito social/sanitario o socioasistencial;
  • el equipo profesional debe estar organizado de forma que se garantice la presencia de un coordinador de proyecto durante 3 horas a la semana y de un educador o técnico en rehabilitación psiquiátrica u otro operador, como se ha indicado anteriormente, durante al menos 4 horas al día durante 7 días. En cuanto a los operadores asistenciales, se han identificado dos franjas horarias diarias durante las cuales debe garantizarse la operatividad, a saber, indicativamente de 8:00 a 10:00 y de 18:00 a 20:00 horas. Debe garantizarse una proporción mínima de operador/usuario de 1 a 6.

Procedimiento

La documentación y formularios a presentar para obtener la autorización y acreditación institucional están disponibles en la página Acreditación Institucional de Establecimientos Sociosanitarios Públicos y Privados.

El procedimiento de concesión de la autorización y acreditación institucional deberá concluir en un plazo máximo de 150 días.

En el caso de que, al final de la investigación preliminar, se encuentre más de una entidad acreditada, la Agencia Provincial de Servicios de Salud realizará una evaluación comparativa dirigida a identificar la entidad con la que se podrá estipular el acuerdo contractual, teniendo en cuenta los siguientes criterios de selección

  • experiencia específica en el ámbito socio-médico en el área de las adicciones o de la salud mental de adultos, como criterio secundario, en el ámbito socio-médico en el área de las adicciones y de la salud mental de adultos, teniendo en cuenta también el criterio de experiencia real en términos de tiempo en la actividad desarrollada
  • capacidad demostrada de activar itinerarios de acompañamiento para la reinserción laboral, habitacional, social y familiar a través de la definición y realización de proyectos individualizados, en una lógica de red con instituciones locales, voluntariado, asociaciones, también con la implicación de la estructura de origen
  • capacidad demostrada para implicar a las personas afectadas y a sus familias en los proyectos propuestos
  • propuesta de proyecto que tenga adecuadamente en cuenta las diferencias de género y las necesidades de las personas;
  • prueba del volumen de actividad medido teniendo en cuenta el volumen de negocios global y el número de personas atendidas de media a lo largo de un año por la organización, desglosado por las distintas áreas de actividad (sociosanitaria y/o socioasistencial).

Tiempos y plazos

Las solicitudes de acreditación deberán presentarse antes del 23 de junio de 2026.

150 días

Días máximos de espera

Costes

Timbre fiscal
16 Euro

Documentos

Normativa de referencia

L.P. 16/2010 Tutela della salute in provincia di Trento, articolo 21. Attività socio-sanitaria residenziale di reinserimento sociale nell''ambito delle dipendenze: criteri e modalità di esercizio delle funzioni nonché disposizioni per l''accreditamento e l''autorizzazione.

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L.P. 16/2010 Tutela della salute in provincia di Trento, articolo 21. Attività socio-sanitaria residenziale di reinserimento sociale nell''ambito delle dipendenze: criteri e modalità di esercizio delle funzioni nonché per l''accreditamento e il convenzionamento. Avviso pubblico di riapertura dei termini per la presentazione delle domande.

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Información adicional

Última actualización: 28/04/2026 12:05

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