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Autorización Energética Integrada (AIE)

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Solicitud de Autorización Energética Integrada para la instalación de plantas de producción de energía a partir de fuentes renovables, de conformidad con el artículo 3 de la Norma Foral nº 4, de 2 de mayo de 2022.

Descripción

La autorización integrada es necesaria para la construcción, explotación y modificación de las instalaciones de producción de energía a partir de fuentes renovables enumeradas en el anexo A de la Ley Foral nº 15, de 2 de mayo de 2022, es decir

Carta Tipo de fuente renovable Tipo de intervención y límites relativos de potencia
A Solar fotovoltaica Instalaciones fotovoltaicas, no en el tejado de edificios, con una potencia igual o superior a 50 kW
B Solar térmica Instalaciones solares térmicas, no sobre cubierta de edificios, con una potencia igual o superior a 50 kW
C Eólica Instalaciones eólicas con una potencia igual o superior a 60 kW y hasta 300 MW
D Hidroeléctrica Instalaciones hidroeléctricas con una potencia nominal media anual igual o superior a 220 kW y hasta 300 MW, ya en posesión del derecho de derivación
E Biomasa Instalaciones de biomasa con una potencia eléctrica igual o superior a 200 kW y una potencia térmica máxima de 1000 kW
F Gas de vertedero, gas, residuos de procesos de depuración y biogás Instalaciones alimentadas por gas de vertedero, gas de depuración y biogás con una potencia eléctrica igual o superior a 300 kW
G Geotérmica, hidrotérmica y aerotérmica Instalaciones geotérmicas, hidrotérmicas y aerotérmicas con una potencia igual o superior a 1000 kW
H Instalaciones de biometano Instalaciones de biometano con una capacidad de producción superior a 500 metros cúbicos estándar por hora
I Electrolizadores Electrolizadores, incluidos compresores y almacenamiento, con una capacidad superior a 10 MW, con excepción de los situados en zonas industriales o en zonas en las que también se ubiquen instalaciones industriales para la producción de energía a partir de fuentes renovables".

La autorización integrada se aplica también a las obras e infraestructuras conexas que sean indispensables para la construcción y el funcionamiento de las propias centrales, incluidas las intervenciones, consistentes también en la demolición de edificios o la restauración ambiental, necesarias para la reurbanización de las zonas donde se ubiquen las centrales.
El procedimiento de expedición de la Autorización Energética Integrada (AIE) está en manos del Servicio de Gestión de Recursos Energéticos de la Agencia Provincial del Agua y la Energía.

A quién está dirigido

Podrán presentar la solicitud las entidades públicas y privadas que pretendan instalar plantas de producción de energía a partir de fuentes renovables en la Provincia de Trento

Procedimiento

El solicitante, cumplimentando el formulario de solicitud adjunto y adjuntando el proyecto y todos los documentos necesarios para los sectores afectados, envía la solicitud al pec serv.acquenergia@pec.provincia.tn.it.

La estructura provincial responsable de la energía expide la autorización integrada de conformidad con la normativa vigente en materia de protección del medio ambiente, protección del paisaje y del patrimonio histórico, artístico y arqueológico, el plan urbanístico provincial (PUP) y el plan general de utilización de las aguas públicas. La autorización integrada engloba y sustituye a todos los permisos y actos de consentimiento, cualquiera que sea su denominación, necesarios para la realización de la intervención y constituye, en su caso, una variante de los instrumentos de planeamiento urbanístico subordinados al PUP y una declaración de utilidad pública, urgencia e inaplazabilidad.

La autorización integrada se expide tras una conferencia decisoria de los servicios en la que participan todas las administraciones interesadas, incluido el municipio territorialmente competente. El procedimiento único concluye en un plazo máximo de noventa días. La resolución motivada de conclusión positiva de la conferencia de servicios constituye una autorización para construir y explotar la instalación de conformidad con el proyecto aprobado y contiene la obligación de restaurar el estado de los terrenos a expensas del explotador tras el desmantelamiento de la instalación.
Para la construcción de plantas alimentadas por biomasa, incluidas las plantas de biogás de nueva construcción, y para las plantas fotovoltaicas instaladas sobre el terreno, el proponente, en la solicitud, debe demostrar la disponibilidad del terreno en el que construir la planta.
La Autorización Energética Integrada incluye las infraestructuras relacionadas, dentro de los límites del artículo 38 del Decreto Legislativo nº 199 de 2021.

Casos particulares

Para las plantas instaladas en las "Zonas Adecuadas" previstas en el artículo 4 de la Ley Foral nº 4, de 2 de mayo de 2022, el procedimiento se simplifica en el sentido de que
(a) se sustituye la autorización paisajística prevista en el artículo 64 de la Ley Foral de Ordenación del Territorio de 2015 por un dictamen preceptivo no vinculante. Transcurrido el plazo para la expresión del dictamen no vinculante, el municipio o la estructura provincial competente en materia de energía procederá, en todo caso, a tramitar la solicitud;
(b) el plazo de tramitación se reducirá en un tercio.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA EXPEDICIÓN DE UNA AUTORIZACIÓN ENERGÉTICA INTEGRADA (IEA)
1. DOCUMENTACIÓN GENERAL:
requisitos subjetivos del solicitante
título de propiedad u otro que acredite la disponibilidad de la zona objeto de la intervención;
proyecto final que contenga, al menos, lo siguiente
- memoria técnico-descriptiva de la intervención, con especial referencia a los aspectos energéticos y a la compatibilidad con los instrumentos urbanísticos
- cartografía que enmarque la intervención, con especial referencia a los instrumentos urbanísticos vigentes
- extracto cartográfico catastral de la zona, con localización de la intervención (incluyendo las obras e infraestructuras necesarias para la construcción y explotación de la planta propuesta) y relación de los propietarios de todas las parcelas implicadas
- planimetría general de la planta
- dibujos gráficos (planos, secciones, alzados, ...) adecuados para representar adecuadamente el alcance de la intervención y las obras relacionadas;
Se estipula que el proyecto de planta debe contener todos los trabajos necesarios para la construcción y explotación de la propia planta (obras, infraestructuras, demoliciones, trabajos de restauración ambiental, ... );
2. DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA
2.1 ANTIMAFIA
En su caso, documentación antimafia pertinente de conformidad con el Decreto Legislativo nº 159, de 6 de septiembre de 2011, denominado Código Antimafia
2.2 CONTROL VÍA
Si el anteproyecto ha sido sometido a procedimiento de screening (l.p. 19/2013)
- cualquier informe que contenga los elementos útiles para verificar el cumplimiento de las condiciones / prescripciones ambientales contenidas en la medida de verificación de VIA (screening)
2.3 AUTORIZACIÓN D.P.R. nº 53/1998 y D.P.P.9-99/Leg de 13/05/2002
En caso de que se solicite autorización para la construcción y explotación de instalaciones de producción de energía eléctrica y térmica con arreglo al Decreto Presidencial nº 53 de 11/02/1998 y al Decreto Presidencial 9-99/Leg de 13/05/2002
informe técnico con planos gráficos de la instalación, indicando la actividad específica a la que se destina la instalación, el ciclo de producción, una indicación del tiempo previsto para que la instalación sea plenamente operativa, el uso de la energía eléctrica producida, los requisitos para los que se construirá la instalación, las características de la conexión al sistema eléctrico nacional, los métodos de funcionamiento y la cantidad, el tipo y las características de los combustibles que se utilizarán, las técnicas adoptadas para limitar las emisiones y la cantidad y calidad de dichas emisiones y, para las instalaciones sujetas a esta condición, el mínimo técnico definido mediante los parámetros de la instalación que la caracterizan
informe técnico específico que demuestre el cumplimiento de lo dispuesto en el DPP 29-136/Leg. de 30/07/2008 y en el Anexo 2 del Plan Energético Medioambiental Provincial 2013-2020 o modificaciones posteriores
informe pericial jurado que certifique la calidad y cantidad de las emisiones contaminantes a la atmósfera;
2.4 OBRAS E INFRAESTRUCTURAS CONECTADAS A LAS PLANTAS
Si el proyecto prevé la construcción de obras conectadas como líneas eléctricas/obras eléctricas sujetas al ámbito de aplicación de la LP 7/1995:
Solicitud de autorización para la construcción y explotación de líneas eléctricas firmada directamente por el distribuidor local de electricidad.
En el caso de instalaciones preexistentes y modificaciones limitadas del tipo de instalación o del trazado, estando las mismas contenidas dentro de los 50 metros del trazado original, dentro de los límites del art. 61 de la L.D: 16 julio 2020 nº 76:
Documento de autocertificación conforme a la L.P. 7/95 firmado directamente por el distribuidor local de electricidad.
2.5 OBSTÁCULOS PARA BAJO VUELO (Si el obstáculo es superior a 15 m):
Posible documento de autocertificación de no necesidad de realizar la evaluación de compatibilidad de obstáculos y peligros para la navegación aérea exigida por ENAC firmado por el proyectista.
2.6 FENÓMENOS DE DESLUMBRAMIENTO
Posible documento de autocertificación de no necesidad de realizar la evaluación de las instalaciones fotovoltaicas en el entorno aeroportuario (aeropuerto y puestos de heli-rescate) prevista por ENAC firmado por el proyectista.
2.7 INSTALACIÓN EN ZONAS APTAS (Anexo B. L.P. 2 mayo 2022 nº 4)
Para todos: memoria de comprobación del cumplimiento de las normas urbanísticas y comprobación de la compatibilidad con el uso previsto de la zona de forma que no exista limitación del uso original previsto.
Casos especiales:

  • áreas para servicios de infraestructuras y vertederos:
    • áreas para vertedero de residuos sólidos urbanos
      • vertedero activo con proyecto de cubrimiento: planos técnicos presentados a la APPA a efectos de AIA para el proyecto de cubrimiento
      • vertedero ya cubierto: documentos exigidos por la normativa medioambiental para la actualización de la EIA si el solicitante es la entidad explotadora
      • vertedero previsto e inactivo: declaración de no interés en construirlo
    • zonas de vertido de residuos inertes
      • vertedero activo con proyecto de cubrimiento: documentos técnicos exigidos por el Ayuntamiento competente para la autorización
      • vertedero ya cubierto: documentos exigidos por el municipio competente para la modificación de la autorización de cubierta
      • vertedero proyectado e inactivo: declaración de no interés para su construcción
    • zonas para otros servicios de infraestructura (por ejemplo, depuradora)
      • en planta existente: cualquier documento exigido por la normativa medioambiental si es necesario actualización del AIA, informe de compatibilidad con el uso de la zona
    • previstas: declaración de no interés en la realización de otros servicios infraestructurales
  • zonas mineras y canteras actuales: proyecto definitivo de la planta
  • terrenos pendientes de restauración: proyecto de restauración aprobado

2.8 ZONAS NO INCLUIDAS EN LA LISTA ANEXO "B" L.P. 2 de mayo de 2022, nº 4
Para las áreas no incluidas en la lista del anexo B de la Ley Foral de 2 de mayo de 2022, n. 4 ni entre las identificadas por los Municipios en virtud del art.4 apartado 5 de la citada ley (áreas aptas) documentación indicada en el art.24 de la Ley Foral de 4 de agosto de 2015 n.15 a efectos de la variante de planeamiento urbanístico. La documentación anexa al proyecto deberá redactarse con el contenido previsto en el mismo artículo y de conformidad con los "Principios generales en materia de ordenación del territorio" a que se refiere el Capítulo I del Título I de la misma Ley Foral 15/2015.
2.9 DOCUMENTACIÓN SECTORIAL
Documentación específica de las autorizaciones a incluir en el IEA según relación facilitada por las estructuras competentes (APPA, VVF, Otros servicios provinciales, Ayuntamientos, etc.) conforme al punto 5 de la resolución. A título de ejemplo, se incluyen los documentos relativos a los procedimientos de autorización de emisiones a la atmósfera, autorización ambiental integrada, plan de canteras, etc.

Modelos

Tiempos y plazos

Sin receta

90 días

Días máximos de espera

Recepción de la solicitud completa con los anexos

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Misure per la promozione dell'uso dell'energia da fonti rinnovabili per il raggiungimento degli obiettivi di sviluppo delle fonti rinnovabili previsti dal decreto legislativo 8 novembre 2021, n. 199 (Attuazione della direttiva (UE) 2018/2001 del Parlamento europeo e del Consiglio, dell'11 dicembre 2018, sulla promozione dell'uso dell'energia da fonti rinnovabili), e modifiche di disposizioni connesse

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Individuazione della documentazione concernente l'Autorizzazione integrata per gli impianti di produzione di energia da fonti rinnovabili ai sensi dell'art. 3 della legge provinciale 2 maggio 2022, n. 4 'Legge provinciale sulle fonti rinnovabili 2022'.

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Contacto

Contatti di Agenzia provinciale per le risorse idriche e l'energia (aprie)

Email - Segreteria:
aprie@provincia.tn.it

Pec - Segreteria:
aprie@pec.provincia.tn.it

Telefono - Segreteria:
0461.497310

Fax - Segreteria:
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Contatti di Servizio gestione risorse idriche ed energetiche - aprie

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Fax - Segreteria:
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