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Asignación por nacimiento del tercer hijo

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Requisitos y condiciones de acceso para solicitar la prestación por nacimiento a favor de los hogares en los que nazca o se adopte un tercer hijo a partir del 1 de enero de 2026.

Descripción

Se trata de una medida económica única que se concede a los hogares en los quenazca o se adopte un tercer hijo después del 1 de enero de 2026 . El subsidio se reconoce por un periodo máximo de diez años, a contar desde el mes siguiente al nacimiento/adopción y hasta el décimo cumpleaños del niño, y se compone de una cuota fija, también diferenciada en función de la condición económica y financiera de la unidad familiar, y de una cuota de bonificación destinada a apoyar y potenciar el empleo femenino y a acompañar la reincorporación de la madre al trabajo.

La cuota fija se determina también a través del indicador ICEF Familia y se prevén tres tramos

1) para los núcleos con un ICEF de hasta 0,40, la cuantía máxima reconocida es igual a 48.000 euros, desembolsados en mensualidades de 400 euros hasta que el hijo cumpla diez años, no imponibles en virtud del Irpef;

2) para los hogares con un ICEF superior a 0,40 y hasta 0,70, el importe máximo reconocido es igual a 30.000 euros, abonados en mensualidades de 250 euros, no imponibles en virtud del Irpef

3) para los hogares con un ICEF superior a 0,70 o en ausencia de certificado ICEF, el importe máximo es también de 30.000 euros, con cuotas mensuales de 250 euros, imponibles en virtud del Irpef.

Cuota Premium

Además de la cuota fija, existe una cuota de bonificación de 200 euros al mes para las madres que, a partir del tercer año de vida de su tercer hijo, se reincorporen o permanezcan en el mercado de trabajo, incluso iniciando una actividad por cuenta propia. La cuota de bonificación se concede anualmente a la madre que acredite en su solicitud haber trabajado al menos 180 días en el año anterior a la fecha de solicitud, aunque no sea de forma continuada, con al menos una jornada de 20 horas semanales. La primera solicitud de acceso a la parte bonificada de la prestación por nacimiento de hijo se presenta a través de losórganos de patrocinio presentes en el territorio provincial.

A quién está dirigido

La prestación por nacimiento se concede a los hogares en los que nace o se adopta un tercer hijo después del 1 de enero de 2026. La madre biológica o adoptiva en el momento del nacimiento/adopción debe cumplir los requisitos de residencia y ciudadanía y los hijos deben pertenecer al mismo hogar registrado que la madre. Los criterios aprobados definen los requisitos que deben cumplirse a lo largo de toda la prestación.

Otro requisito para acceder a la prestación es que, en el momento del nacimiento/adopción del tercer hijo, la madre trabaje o haya cotizado a la Seguridad Social en los últimos 5 años durante al menos 12 meses, aunque no sea de forma continuada. Se consideran madres trabajadoras

a. la trabajadora por cuenta ajena con un contrato de trabajo por cuenta ajena, parasubordinada en el sentido de colaboración coordinada y continuada,

b. el trabajador por cuenta propia con número de IVA.

Procedimiento

La solicitud debe presentarse en los órganos de patrocinio de la provincia. La convocatoria se realizará tan pronto como puedan presentarse las primeras solicitudes, con efectos retroactivos desde el mes siguiente al nacimiento del tercer hijo.

Casos particulares

Norma transitoria

Las familias en las que existan tres o más hijos a 31 de diciembre de 2025, con ocasión del nacimiento o adopción en el bienio 2026-2027 de un hijo más, se beneficiarán de la prestación por nacimiento del tercer hijo prevista en el artículo 8 bis, apartado 7 bis, de la Ley Foral n.º 1, de 2 de marzo de 2011. En este último caso, el subsidio que se viniera percibiendo en aplicación del artículo 8 bis, apartado 3, de la Norma Foral n.º 1/2011 también por los hijos posteriores al segundo nacido antes del 31 de diciembre de 2025, se extinguirá a partir del mes siguiente al del nacimiento del hijo por el que se devengue el nuevo subsidio regulado en estas disposiciones.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

La solicitud debe presentarse a los órganos de mecenazgo de la provincia.

Tiempos y plazos

Parte fija

La solicitud de la parte fija del subsidio por nacimiento debe ser presentada por la madre, en ejercicio de la patria potestad, en el plazo de 90 días desde el nacimiento o adopción del hijo a través de los órganos de patronato presentes en la provincia. Para los hijos nacidos antes del 30 de septiembre de 2026, la solicitud de la parte fija de la prestación deberá presentarse antes del 31 de diciembre de 2026, como excepción al plazo de 90 días desde el nacimiento. La posesión de las condiciones y requisitos para acceder a la medida se declaran en la solicitud como existentes en la fecha de nacimiento.

Prima de participación

1. La primera solicitud de acceso a la parte bonificada de la prestación por nacimiento de hijo se presentará a través de los órganos de mecenazgo presentes en el territorio provincial:

a. para un hijo natural: desde el tercer año de vida del hijo hasta su sexto cumpleaños, no cumplidos;

b. para un hijo adoptado: desde el tercer año de vida del hijo hasta su sexto cumpleaños, si ha sido adoptado antes de cumplir los tres años, o desde la fecha del decreto judicial de adopción para los demás años posteriores.

2. La solicitud anual posterior a la primera podrá presentarse hasta que el niño cumpla diez años.

Documentos

Normativa de referencia

Legge provinciale 2 marzo 2011, n. 1 e s.m. e i., articolo 8 bis, comma 7 bis - approvazione dei "Criteri e modalità per la concessione e l''erogazione dell''assegno di natalità per il terzo figlio".

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Sistema integrato delle politiche strutturali per la promozione del benessere familiare e della natalità

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Información adicional

Última actualización: 19/01/2026 12:13

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