Ayuda económica para los padres quesoliciten elpermiso parental como alternativa a la madre trabajadorapara el cuidado de los hijos.
Importe de la ayuda
Los padres que se acojan al permiso parental en lugar de la madre pueden beneficiarse de una ayuda económica por cada 7 días consecutivos de permiso parental remunerado disfrutados, durante un máximo de 3 meses.
La cuantía de la ayuda equivale a la diferencia entre la prestación económica percibida por el permiso parental y el 80 % del salario de referencia, con un límite máximo de 312,50 euros por cada 7 días consecutivos de permiso parental disfrutados.
Los períodos de permiso parental inferiores a 7 días no dan derecho a la ayuda económica.
Ejemplo:
- en caso de disfrutar de 9 días consecutivos de permiso, la ayuda se concede por 7 días
- si se disfrutan 25 días consecutivos de permiso, la prestación se concede por 21 días
No se concede la ayuda económica en caso de que el permiso parental se disfrute por horas.
La prestación no es acumulable con ayudas similares previstas en otras disposiciones normativas europeas, nacionales, regionales o provinciales, contractuales o con prestaciones similares concedidas por organismos bilaterales o fondos bilaterales.
Requisitos que debe cumplir el padre
Padres con obligaciones de cuidado y asistencia hacia sus hijos, que deben:
- trabajen por cuenta propia o con contrato de trabajo por cuenta ajena en una empresa privada o pública;
- el primer día del permiso objeto de la prestación prevista en la presente convocatoria, residan en la provincia de Trento o trabajen en una unidad productiva situada en la provincia de Trento.
Requisitos de la madre trabajadora
- estar, el primer día del permiso parental para el que se solicita la prestación, residiendo en la provincia de Trento o trabajando en una unidad productiva situada en la provincia de Trento;
- estar, durante todo el período de permiso parental para el que se solicita la ayuda, trabajando por cuenta propia (en caso de que dicha actividad por cuenta propia sea de carácter agrícola, la ayuda se concederá si la madre está afiliada al régimen correspondiente del INPS)o con un contrato de trabajo por cuenta ajena en una empresa privada o pública;
La ayuda económica no se concede en caso de que la madre trabajadora con relación laboral por cuenta ajena esté ausente del trabajo por baja anticipada obligatoria, por baja obligatoria o por permiso parental, incluso por hijos distintos de aquel para el que el padre haya presentado la solicitud.
En el caso del hijo para el que se solicita el permiso parental, los padres pueden beneficiarse simultáneamente de las facilidades previstas en la Ley 104/92.