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Apoyar las necesidades de conciliación de autónomas y empresarias

  • Activo

Apoyo a las trabajadoras autónomas, empresarias y profesionales autónomas ausentes del trabajo por embarazo, maternidad o necesidades relacionadas con la crianza de los hijos hasta los 12 años. Resolución de la Diputación Provincial nº 2037 de 19 de diciembre de 2025.

Descripción

Se trata de una cotización mediante la cual las empresarias, las trabajadoras por cuenta propia y las profesionales autónomas (en lo sucesivo también denominadas "beneficiarias") pueden ser sustituidas temporalmente en su trabajo por una persona, por motivos relacionados con el embarazo, la maternidad y la crianza de los hijos. La sustitución puede tener lugar durante un máximo de 18 meses, aunque no sea continua. Puede prorrogarse o renovarse, con una duración máxima de 18 meses.

La Agenzia del Lavoro concede una contribución de hasta 25.000,00 EUR para cubrir parte de los costes de la sustitución temporal. La relación laboral que se establece entre el destinatario y el sustituto puede ser de carácter asalariado o, alternativamente, autónomo, de conformidad con la normativa vigente en la materia. En el caso de una sustitución con un encargo de carácter autónomo, el encargo deberá constar por escrito bajo pena de caducidad.

En el caso de una empresaria, socia de una sociedad o partícipe de una empresa familiar, la sustitución se produce exclusivamente mediante un empleo en virtud de un contrato de trabajo.

El proyecto puede prever una sustitución parcial que sólo cubra una parte de las actividades del beneficiario o una sustitución total del beneficiario. En cualquier caso, la relación que se establezca debe ser compatible con el tipo de actividades a realizar y con las características profesionales del sustituto. A partir del tercer cumpleaños del niño, la sustitución sólo podrá ser parcial y no podrá superar las 30 horas semanales.

En el caso de que el proyecto contemple una sustitución total, queda prohibida la presencia del beneficiario en el lugar o lugares de trabajo donde se desarrolle la actividad para la que se ha solicitado la sustitución en horario de 10 a 12 horas y de 15 a 17 horas. La prohibición de convivencia entre sustituto y titular no se aplica en el primer mes de sustitución.

En el caso de que el proyecto prevea una sustitución parcial, el beneficiario podrá estar presente en el/los centro/s de trabajo donde se desarrolle la actividad para la que se ha solicitado la sustitución, exclusivamente en la franja horaria de mañana 10.00-12.00 o, alternativamente y a elección del solicitante, en la franja horaria de tarde 15.00-17.00 horas. Esta elección deberá explicitarse en la solicitud de subvención. Cualquier cambio deberá comunicarse previamente por escrito a la Agenzia del Lavoro.

No podrá activarse más de un proyecto al mismo tiempo.

La contribución se concede únicamente si no se ha activado la convocatoria nacional prevista en el artículo 9, apartado 3, de la Ley nº 53/2000 y se concede con carácter de minimis.

Restricciones

Requisitos de los beneficiarios

  • Mujeres empresarias con sede social o establecimiento en la provincia de Trento, con menos de 10 empleados;
  • mujeres autónomas que trabajen en la provincia de Trento, con menos de 10 empleados;
  • mujeres socias de empresas con sede o domicilio social en la provincia de Trento, con menos de 10 empleados, con exclusión de las mujeres socias de empresas de propiedad total o predominantemente estatal y de sus filiales;
  • los miembros de la familia que participen en la empresa familiar a que se refiere el artículo 230 bis del Código Civil con sede o domicilio social en la provincia de Trento (en este caso, la sustitución no puede tener lugar con los participantes en la empresa familiar a que se refiere el artículo 230 bis del Código Civil ni con los asociados en participación a que se refieren los artículos 2549 y siguientes del Código Civil)
  • colaboradores coordinados y continuados que operen en la provincia de Trento.

Además, deben estar inscritos desde hace al menos seis meses en un régimen de seguro obligatorio a efectos de Seguridad Social y Previsión y cotizar regularmente.

Para solicitar la cotización, la beneficiaria debe encontrarse en una de estas dos situaciones

  • estar embarazada
  • tener necesidades de conciliación del beneficiario en relación con los hijos que se encuentren en sus primeros 12 años de vida y convivan.

Requisitos del sustituto

La persona identificada por el destinatario debe cumplir al menos uno de los siguientes requisitos

  • estar inscrito en el colegio o asociación profesional requerida para el ejercicio de la actividad
  • estar en posesión del título que habilite para el ejercicio de la actividad;
  • tener experiencia derivada de, al menos, dos años de trabajo continuado por cuenta propia o ajena en actividades relacionadas o similares a la sustitución, excluidos los periodos de aprendizaje o estar inscrito en el Registro de Cogestores.

Para identificar al sustituto, el solicitante puede indicar a una persona de su elección o dirigirse a la Oficina de Empleo local.

A quién está dirigido

Autónomas, empresarias y autónomas.

Procedimiento

Para solicitar una contribución debe

  1. rellenar los formularios disponibles a continuación: solicitud de subvención y programa operativo
  2. enviar los formularios mencionados, junto con un documento de identidad válido, por correo electrónico PEC a: amministrazione.adl@pec.provincia.tn.it

La solicitud, junto con el programa operativo, deberá presentarse, bajo pena de caducidad, en un plazo de 90 días a partir del inicio de la sustitución o de la renovación o prórroga y, en cualquier caso, no podrá presentarse antes de los 90 días anteriores al inicio de la sustitución.

Importante:

Para las trabajadoras a las que se les haya concedido, por una medida administrativa adoptada en 2025, la cotización prevista por la intervención 2.2.4 del Documento de intervenciones de política de empleo para la XVI legislatura, por un período inferior a 18 meses, es posible acceder a la intervención prevista por la presente convocatoria por el período restante, hasta la duración máxima de 18 meses.

Para las sustituciones iniciadas en 2025, la solicitud, junto con el programa operativo o la memoria si el proyecto ya ha finalizado, deberá presentarse, bajo pena de caducidad, antes del 30 de abril de 2026.

Tiempos y plazos

-

Costes

Timbre fiscal
16.00 €

Documentos

Normativa de referencia

Approvazione dell''Avviso avente ad oggetto "Criteri per l''attuazione del sostegno alle esigenze conciliative delle lavoratrici autonome e delle imprenditrici" - in attuazione dell''art. 24 della legge provinciale 30 dicembre 2024, n. 13 (legge di stabilità provinciale 2025)

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Información adicional

Enlaces a sitios externos

Última actualización: 24/12/2025 12:07

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