Descripción
La primera medida de ayuda a la instalación tiene por objeto conceder una ayuda a los jóvenes agricultores de hasta cuarenta y un años que se instalen por primera vez en una explotación agraria como titulares de la misma, previa presentación de un plan empresarial para el desarrollo de la actividad agraria. La ayuda consiste en una prima de capital a tanto alzado de 40.000,00 euros.
Restricciones
Para todas las solicitudes, el Servicio Agrícola comprueba, mediante controles administrativos y una posible visita a la explotación de conformidad con el Reglamento (UE) nº 2021/2116 y los correspondientes actos de ejecución y actos delegados de la Comisión Europea y las normas nacionales de ejecución, los siguientes requisitos
- la aplicación del plan empresarial
- el cumplimiento continuado de las condiciones de admisibilidad para la concesión de la ayuda establecidas en el punto 3.2;
- el mantenimiento de las puntuaciones otorgadas en la clasificación según los criterios de selección establecidos en el punto 6.1 en las categorías C (explotaciones creadas a partir de cero), E (certificación del método de producción), G (orientación técnica y económica predominante de la explotación);
- cumplimiento de las obligaciones de publicidad. Para el cumplimiento de las obligaciones de información y publicidad de las operaciones subvencionadas por el FEADER, son de aplicación las disposiciones del Reglamento (UE) nº 2022/129 y las disposiciones dictadas por la Autoridad de Gestión. Las disposiciones relativas a las obligaciones de publicidad e información para cada operación concreta pueden consultarse en https://www.provincia.tn.it/FEASR.
Antes del pago final de la prima, en las solicitudes de pago del saldo, el Organismo Pagador de la APPAG realizará controles sobre el terreno por muestreo, de conformidad con la normativa vigente en la materia.
Durante al menos 10 años a partir de la fecha de concesión de la ayuda, por determinación del Director del Servicio Agrícola, cada beneficiario deberá
- ser jefe de explotación
- estar inscrito en la sección primera del registro provincial de empresas agrícolas
- ejercer como agricultor en la gestión de una explotación con una dimensión en términos de volumen de trabajo igual a 2080 horas de trabajo agrícola al año por jefe de beneficiario en la gestión. El tamaño se calcula sobre la base del contenido del expediente de la explotación según la tabla de tiempos e ingresos.
Estas obligaciones se comprueban mediante controles a posteriori de conformidad con la normativa pertinente.
También se realizarán controles por muestreo, de acuerdo con la normativa vigente en la materia, de las declaraciones juradas y certificaciones.