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Análisis de la leche

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La Provincia puede conceder contribuciones de hasta el 100% para los análisis de la leche, los derivados lácteos y la alimentación del ganado, con el fin de mejorar la calidad de la leche y la salubridad de los productos, de conformidad con el artículo 43 de la Ley Provincial nº 4 de 28 de marzo de 2003.

© Provincia autonoma di Trento -

Descripción

Las cotizaciones pueden abonarse directamente a los agricultores o a través del Consorzio dei caseifici sociali del Trentino (CONCAST), que recoge las solicitudes en nombre de sus miembros.

Con la resolución nº 3534 de 09 de abril de 2025, la UMST Agricultura actualizó los criterios de aplicación de esta medida, confirmando que las contribuciones entran en el régimen "de minimis" (ayudas de escasa cuantía) previsto por la normativa comunitaria, con un límite de 50.000,00 euros por empresa durante un período de tres ejercicios fiscales.

Teniendo en cuenta el aumento de los costes establecido por la resolución de la Diputación Provincial para los análisis y la comparación con los operadores del sector, se ha decidido actualizar el gasto subvencionable por cada muestra analizada, aumentándolo de 19,50 euros a 21,00 euros (sin IVA).

Los cambios propuestos se aplican a las solicitudes de contribución ya presentadas antes del 31 de diciembre de 2024 para los análisis relativos al año 2025, que aún no han sido examinados, y a los nuevos plazos de presentación de solicitudes de contribución, que deberán presentarse antes del 31 de diciembre de 2024, para los gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente por vía telemática a través del PEC.

La resolución se aprobó de acuerdo con la normativa europea y las normas de aplicación actualizadas sustituyen a las anteriores establecidas en 2015.

A quién está dirigido

Las facilidades previstas en el artículo 43, apartado 2 bis, de la Ley provincial no 4 de 28 de marzo de 2003 pueden concederse a las explotaciones ganaderas que cumplan los siguientes requisitos:

Sede en laprovincia de Trento: Las empresas deben tener una sede o una sucursal en la provincia de Trento, inscrita en la Dirección Provincial de Servicios Sanitarios de Trento.

Empresas situadas en la zona de la DOP Grana Parado: Las empresas situadas en la zona geográfica de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Grana Padano, tipo Grana Trentino o Trentingrana, también pueden beneficiarse de las facilidades, siempre que entreguen la materia prima en centros de transformación situados en la provincia de Trento.

Ficha deexplotación: El beneficiario debe estar en posesión de una ficha de explotación actualizada.

En cualquier caso, las facilidades están sujetas al límite trienal de 50.000 euros, establecido por el Reglamento (UE) nº 316/2019, que modifica el Reglamento (UE) nº 1408/2013.

Procedimiento

La solicitud de contribución debe presentarse al servicio agrícola competente mediante el formulario que figura a continuación.

La fecha límite de presentación es el 31 de diciembre del año anterior al servicio anual de recogida y análisis de muestras.

Las modalidades de presentación de la solicitud son las siguientes:

  • Envío electrónico a través del PEC: La solicitud debe enviarse a serv.agricoltura@pec.provincia.tn.it.

Las solicitudes enviadas fuera de plazo se considerarán inadmisibles. Además, las solicitudes podrán ser presentadas directamente por la empresa o a través de Con.ca.s.t., según se especifica en los criterios.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Los procedimientos de presentación de las solicitudes de ayuda varían en función de si las explotaciones ganaderas son o no miembros del Consorzio dei caseifici sociali del Trentino (Con.ca.s.t.):

Explotaciones ganaderas no afiliadas al Con.ca.s.t.

Las empresas no afiliadas al Con.ca.s.t. pueden solicitar directamente una contribución a los gastos ocasionados por la recogida de muestras y los análisis de la leche, los productos lácteos y los piensos. No obstante, para poder optar a la contribución, estas empresas deben utilizar laboratorios acreditados según las normas internacionales para los análisis pertinentes.

Explotaciones ganaderas que utilizan el servicio de análisis de Con.ca.s.t.

Explotaciones ganaderas que estén:

  • Asociadas a estructuras cooperativas miembros de Con.ca.s.t., o
  • No asociadas a estructuras cooperativas pero que utilicen el servicio de análisis de Con.ca.s.t.,

deben presentar la solicitud a través del Consorcio, que se encarga de:

  • Recogida de muestras y realización de análisis.
  • Presentación del Programa Anual de Análisis y de la solicitud de financiación al Servicio competente.
  • Recaudación de la aportación pública, que se realiza directamente a través de Con.ca.s.t.

Las empresas que aún no hayan sido delegadas pueden autorizar a Con.ca.s.t. a realizar todas estas actividades mediante una delegación "única", que sigue siendo válida hasta su revocación por parte de la empresa.

En resumen, las empresas que no son miembros de Con.ca.s.t. deben gestionar la presentación de solicitudes de forma independiente, mientras que las que son miembros o que utilizan los servicios de Con.ca.s.t. pueden hacerlo a través del Consorcio, que gestiona todo el proceso, incluida la recaudación de la contribución.

Modelos

Tiempos y plazos

La subvención se concede antes del 31 de diciembre de cada año, y la presentación de informes antes del 30 de junio (más uno) de cada año.

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Sostegno dell'economia agricola, disciplina dell'agricoltura biologica e della contrassegnazione di prodotti geneticamente non modificati

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Approvazione della nuova modulistica concernente la dichiarazione 'de minimis' da allegare alle domande di contributo rivolte all'Unità di missione strategica Agricoltura.

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Modifica della deliberazione della Giunta Provinciale n. 408 di data 16 marzo 2015 e ss.mm.ii, avente per oggetto 'Approvazione dei criteri e delle modalità per la concessione dei contributi per l'esecuzione delle analisi obbligatorie sul latte, sui prodotti derivati e sugli alimenti per il bestiame ai sensi del comma 2 bis dell'articolo 43 della legge provinciale 28 marzo 2003, n. 4'.

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Información adicional

Última actualización: 21/10/2025 16:52

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