Descripción
El acogimiento familiar se divide en dos tipos: acogimiento parental y acogimiento heterofamiliar. Por acogimiento parental se entiende el acogimiento de un hijo menor a familiares del núcleo originario, mientras que por acogimiento heterofamiliar se entiende el acogimiento de un hijo menor a una pareja o persona soltera ajena a la familia originaria.
El acogimiento familiar es gestionado por la Comunità di Valle, los servicios sociales territoriales, a los que hay que remitirse. Sólo en casos específicos, por indicación precisa de la Autoridad Judicial y/o de los servicios sociales territoriales, también el Equipo Multidisciplinar de Acogimiento de Menores y Familias (EMAMeF) de la Provincia Autónoma de Trento, se ocupa de este tipo de acogimiento.
Para obtener información y emprender un acogimiento heterofamiliar, en cambio, es necesario dirigirse al Equipo Multidisciplinar para el Acogimiento de Menores y Familias (EMAMeF).
El acogimiento familiar de menores es una intervención dirigida a garantizar la respuesta a las necesidades afectivas, de manutención, educación y formación de los menores privados temporalmente de un medio familiar adecuado.
La finalidad de esta intervención es tanto el apoyo al menor como el apoyo hacia su familia de origen, a través de un trabajo conjunto de todos los actores implicados.
El acogimiento familiar garantiza al menor el derecho a una familia que integre o sustituya temporalmente a la de origen, con el objetivo del retorno del menor a su núcleo familiar.
El acogimiento familiar es temporal, planificado, promovido y apoyado por los servicios sociales, a veces prescrito por el Juzgado de Menores, a veces con el consentimiento de la familia de origen. Puede ser a tiempo completo o parcial.
El EMAMeF prevé la planificación y gestión de las intervenciones de acogimiento familiar, desde una perspectiva multidisciplinar, en colaboración con los servicios sociales privados y la APSS. Utiliza un enfoque metodológico homogéneo en toda la provincia con la presencia de diversos profesionales (trabajadores sociales, psicólogos, educadores).
El acogimiento familiar finaliza cuando el menor cumple dieciocho años; puede haber una continuación administrativa (hasta los 21 años) a petición del servicio social, con la posibilidad de permanecer con la familia acogedora.
Las familias de acogida pueden recibir una ayuda económica.