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Asociaciones pro loco

Contribuyen a la valorización turística del territorio, sus recursos y productos. Una de sus principales competencias es la animación turística de carácter local.

Fecha de publicación:

20/01/2023

© Provincia autonoma di Trento -

Descripción

Las asociaciones pro loco constituyen, en su relación con las administraciones de los municipios, asociaciones de referencia para la coordinación y planificación de actividades de valorización turística del territorio, sus recursos y sus productos.

Realizan actividades de

  • valorización de los recursos naturales, culturales e históricos de la localidad
  • animación turística de carácter local, como iniciativas de interés turístico, recreativo, deportivo y cultural
  • otras actividades de carácter local destinadas a fomentar el desarrollo de la cultura de acogida de turistas.

Para poder operar con fines turísticos y recibir financiación pública para sus actividades, las pro loco deben estar inscritas en la lista provincial correspondiente establecida por el departamento provincial responsable del turismo.

Forma jurídica: asociaciones del tercer sector

Lista de asociaciones pro loco inscritas en la lista provincial correspondiente

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Inscripción en la lista de asociaciones pro loco

Pueden solicitar su inscripción en la lista las asociaciones pro loco que cumplan los siguientes requisitos

  • los estatutos prevén entre los fines sociales de la asociación la contribución a la valorización del territorio, de sus recursos y de sus productos;
  • el ámbito de actuación de la asociación es todo el territorio de un municipio o una parte del mismo y ninguna otra asociación incluida en la lista opera en la misma zona.

Supresión de la lista de asociaciones pro loco

El director del servicio provincial responsable del turismo puede ordenar la baja de las respectivas listas de la asociación pro loco si comprueba

  • la pérdida sobrevenida de uno de los requisitos previstos por la normativa vigente (DPP 18-139/Leg 2003 - artículo 10 bis, apartado 1)
  • la inobservancia de las disposiciones de los estatutos por parte de las asociaciones pro loco inscritas en la lista especial
  • el incumplimiento por parte de las asociaciones pro loco del envío de las actas de sus reuniones en un plazo de 30 días.
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