Descripción
El reconocimiento del estatus de agua mineral natural, así como de las propiedades terapéuticas de las aguas minerales naturales para su uso como aguas termales, corre a cargo del Ministerio de Sanidad.
Las aguas minerales naturales se distinguen del agua potable ordinaria por su pureza y conservación originales, por su contenido en minerales, oligoelementos u otros componentes y, posiblemente, por algunos de sus efectos. (Decreto Legislativo de 8 de octubre de 2011, nº 176, Art. 2 párrafo 2 )
Características de las aguas minerales:
- deben manar de una capa freática subterránea
- ser microbiológicamente puras y estar exentas de trazas contaminantes
- pueden tener propiedades beneficiosas para la salud
- embotellarse cerca de la fuente
Permisos de investigación
Se requiere un permiso de investigación minera (regulado por la Ley Provincial nº 14 de 11 de diciembre de 2020) para la exploración de una porción específica de territorio para la identificación de un depósito de sustancias minerales de primera clase, sin comprometer o dañar el medio ambiente y el territorio.
El permiso de exploración de yacimientos de minerales naturales incluye:
(a) el estudio geológico e hidrogeológico de la zona de interés, incluso mediante el uso de sondeos y perforaciones geognósticas, así como el muestreo del agua encontrada en la cantidad necesaria para los análisis a que se refiere el apartado b)
(b) los análisis e investigaciones necesarios para conocer las características físicas, químicas y bacteriológicas de las aguas minerales, encaminadas a su reconocimiento
c) cualquier otro estudio destinado a conocer la delimitación de la cuenca de abastecimiento del recurso, las posibles formas de utilización y las eventuales exigencias de protección del medio ambiente.
El permiso de investigación es expedido por la Provincia y tiene una validez máxima de tres años, sin perjuicio de una prórroga de un año más para completar la investigación.