Descripción
A partir del 1 de septiembre de 2025, se suspenderá la reserva de inspecciones periódicas de vehículos ligeros, en concreto
- vehículos de motor utilizados para el transporte de personas con un máximo de dieciséis plazas, incluido el conductor, o con una masa bruta en carga de hasta 3,5 toneladas.
Las revisiones ya reservadas y las revisiones cuya tasa se haya abonado antes del 20 de agosto de 2025 se reservarán con carácter residual. Todo pago de tasas de revisión posterior a esta fecha no dará derecho a reservar una revisión.
Las revisiones que sean competencia exclusiva del Servicio Civil de Vehículos a Motor se realizarán de la forma habitual, en concreto
- vehículos a motor destinados al transporte de personas con más de dieciséis plazas incluido el conductor o con una masa bruta en carga superior a 3,5 t;
- remolques con cualquier masa bruta en carga
- vehículos de motor y sus remolques con un peso bruto total de hasta 3,5 t con más de dos ejes;
- vehículos de motor con un peso bruto total de hasta 3,5 t con un certificado de aprobación de transporte de mercancías peligrosas (DTT 307);
- vehículos de motor de interés histórico y de colección construidos antes del 1.1.1960 si se requieren para la prueba de frenado
- vehículos destinados a servicios especiales de transporte;
- revisión repetida en caso de que se repita el resultado;
- revisión extraordinaria para cualquier vehículo en caso de
- reposición del vehículo en caso de sanción en virtud del art. 78;
- orden de revisión única emitida por la autoridad.