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Synchytrium endobioticum

Tras el descubrimiento oficial de la plaga de cuarentena en cuestión, la Provincia Autónoma de Trento identificó una zona delimitada en la que adoptar medidas fitosanitarias para erradicar el hongo patógeno Synchytrium endobioticum (sarna negra de la patata).

Fecha de publicación:

28/07/2025

Descripción

MEDIDAS FITOSANITARIAS

Medidas fitosanitarias inmediatas en zonas infectadas y sospechosas de estarlo
En caso de nuevos hallazgos en una zona infectada, aunque no estén confirmados por investigaciones analíticas, el Servicio Provincial de Protección Vegetal pone en marcha medidas fitosanitarias inmediatas para contener la posible propagación del patógeno.

Las medidas identificadas son las siguientes

  • prohibición del traslado fuera de la zona infectada de vegetales y productos vegetales (incluidos los de especies no hospedantes), residuos vegetales y tierra/sustratos de cultivo que estén, o se sospeche que estén, contaminados
  • la tierra o los residuos procedentes de una zona infestada sólo podrán trasladarse y utilizarse o almacenarse fuera de dicha zona en condiciones que garanticen que no existe ningún riesgo identificable de propagación del organismo nocivo
  • no plantar/producir/recoger/almacenar patatas de siembra y plantas huésped;
  • no se cultivan ni almacenan, ni en el suelo ni en otro lugar, otros vegetales destinados a ser replantados fuera de la zona infestada;
  • los vegetales que no sean plantas huésped sólo podrán trasladarse fuera de la zona infestada sin sistemas radiculares y/o residuos que puedan haber estado en contacto con el suelo, o si el suelo se elimina mediante métodos adecuados para garantizar que no existe riesgo de propagación del organismo nocivo;
  • el calzado y el equipo utilizados en el campo infectado se desinfectan a fondo con una solución de hipoclorito de sodio al 20%;
  • la maquinaria se limpia de tierra y restos vegetales antes o inmediatamente después de su traslado fuera de la zona infestada y antes de entrar en cualquier lugar de producción situado en la zona tampón o fuera de la zona demarcada;
  • destrucción de todas las plantas, tubérculos y restos vegetales (incluidos los de especies no hospedantes) presentes en la zona infestada;
  • eliminación como residuos especiales (en contenedores cerrados) de los consumibles utilizados en la zona infectada, como guantes, sacos, fundas de calcetines, etc.; y
  • cuando sea posible, vallar la zona infectada para impedir el tránsito ocasional de animales y fauna silvestre;
  • prohibición total del pastoreo, especialmente de los rebaños trashumantes.

Según el plan de acción actual, cuando se detecta la sarna negra, las restricciones iniciales y las actividades de vigilancia mencionadas van seguidas lo antes posible de
- investigaciones para identificar el origen del foco
- comunicación rápida a los profesionales de la zona
- comunicaciones institucionales a otras figuras implicadas en la zona infectada (por ejemplo, municipio, regiones vecinas, propietarios o gestores de la zona, etc.).

Además, se prescribe que

  • sólo después de la retirada total de los materiales/residuos infectados en la zona contaminada, y con la autorización específica del SPP, se podrán plantar cultivos hospedadores no patógenos;
  • no se planten ni cultiven patatas ni solanáceas durante al menos 5 años después de la última detección del organismo nocivo;
  • está absolutamente prohibido sembrar, cultivar o recultivar cualquier material de vivero para su propagación.

Medidas fitosanitarias en la zona tampón

Las medidas fitosanitarias mínimas que debe adoptar la SFP en la zona tampón (es decir, en el área que rodea de cerca la zona infestada) son las siguientes

  • prohibición del cultivo de plantas para replantación y de patatas de siembra
  • prohibición de manipular tierra o residuos vegetales fuera de la zona tampón
  • limpieza a fondo del equipo de los residuos de tierra.

Información adicional

Última actualización: 04/06/2026 12:02

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