Descripción
Cuando en 1337 fue elegido príncipe-obispo de Trento el boemo Nicolás de Bruna (la actual Brno, capital de Moravia, en la República Checa), las repercusiones de estas luchas seguían presentes en las guerras fratricidas entre familias nobles. Su primera tarea consistió en poner orden en el territorio de la diócesis y del Principado, frenando —con la ayuda del rey Juan de Bohemia, a quien había servido— las disputas y recuperando los feudos usurpados.
Fue en esa ocasión cuando sintió la necesidad de reforzar el pequeño ejército del Principado, dotándolo de un escudo de armas único y prestigioso que pudiera competir con los de la nobleza en conflicto. Por ello, se dirigió directamente al rey Juan de Bohemia para solicitarle la concesión del emblema representado en el escudo de San Wenceslao, «el águila llameante», que no figuraba en ninguna bandera, ni siquiera en la de los reyes de Bohemia. ¿Qué escudo podía ser más adecuado para un obispo que aquel consagrado a la memoria de un príncipe, venerado como santo y mártir por la unidad de la fe? De hecho, Wenceslao había sido rey de Bohemia en los albores del cristianismo en su tierra, y pagó con la muerte (935 d. C.) su acercamiento a la Iglesia de Roma.
La petición no era baladí, pero la urgencia y la gravedad del momento exigían medidas de gran prestigio. La petición tuvo éxito.
Por ello, habiendo declarado el venerable Padre en Cristo, el señor Nicolás, obispo de Trento, nuestro carísimo amigo, que su Iglesia no cuenta actualmente con ningún escudo con el que, en tiempos de necesidad, los nobles ministeriales, los soldados y los vasallos, tanto suyos como de la citada Iglesia, puedan adornarse e izar en sus estandartes. Y habiéndonos suplicado humilde y devotamente que, con la benevolencia que nos es propia, le concedamos a él y a sus sucesores en la citada Iglesia el escudo, actualmente en desuso, de San Wenceslao mártir, glorioso patrón de nuestro reino.
Teniendo en cuenta la lealtad del mismo señor obispo, que nos ha demostrado en el pasado y nos demuestra en el presente, y considerando además muy atentamente que el mismo señor obispo, por su fidelidad y disposición al servicio, se nos ha mostrado tan celoso que nunca hemos encontrado ni hemos podido encontrar en él nada más que lo que exigen una verdadera fidelidad y un afecto de verdadera devoción, decidimos que debíamos escucharlo y acceder a su petición, movidos por el deber de una especial gratitud.
Por lo tanto, mediante el presente acto, queremos notificar a quienes viven en el presente y a quienes vivirán en el futuro que, aceptando con benévolo afecto como justa y razonable la petición del mencionado señor obispo, en nombre de Dios le otorgamos, concedemos y donamos a él y a sus venerables sucesores, los obispos de Trento, así como a la Iglesia Tridentina, el mencionado y invencible escudo del mismo San Wenceslao, reproducido al pie de este nuestro acta de privilegio, para que pueda estar en posesión y ser utilizado por el mismo obispo y por los mencionados sucesores, los obispos de Trento, en el presente y transmitido a perpetuidad para el futuro. Puesto que, además, la misma Iglesia Tridentina está expuesta a las incursiones de los enemigos, como la diana a la flecha, y por ello sus rectores, los obispos de Trento, se vieron afligidos en el pasado por la violencia de diversas injusticias cometidas por nobles y poderosos vecinos, prometemos sinceramente, tanto en virtud del derecho de defensa como en virtud del escudo mencionado, interviniendo nosotros, nuestros herederos y sucesores, los ilustres duques de Carintia y los condes del Tirol, a preservar y, con la ayuda de Dios, a defender dignamente en el futuro al mencionado señor obispo en sus derechos, dignidad e inmunidades frente a cualquier ataque o gravamen procedente de ellos.
Como testimonio, manifestación y garantía perpetua de lo aquí expuesto, hemos hecho redactar el presente documento y lo hemos refrendado con nuestro sello mayor.
Dado en Breslavia, en el año del Señor 1339, en la víspera de la festividad del glorioso mártir, el beato Lorenzo».
El escudo oficial de la Provincia Autónoma de Trento solo podrá utilizarse previa autorización del presidente de la provincia, en los casos y según las modalidades indicadas en el anexo A, que forma parte integrante de la resolución n.º 1784, de fecha 5 de agosto de 2010 - Criterios y modalidades para la concesión del patrocinio de la Provincia Autónoma de Trento y para la autorización del uso del escudo.
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