Descripción
Cuando el bohemio Nicolás de Bruna (actual Brno, capital de Moravia en Checoslovaquia) fue elegido príncipe-obispo de Trento en 1337, las repercusiones de estas luchas seguían activas en las guerras fratricidas entre familias nobles. Su primera tarea fue poner orden en el territorio de la diócesis y del Principado, frenando las disputas con la ayuda del rey Juan de Bohemia, de quien había sido siervo, y recuperando la posesión de los feudos usurpados.
Fue en esta ocasión cuando sintió la necesidad de reforzar el pequeño ejército del Principado, colocándolo bajo un escudo unificado y prestigioso que pudiera competir con los de la nobleza contendiente. Por eso se dirigió directamente al rey Juan de Bohemia para pedirle el emblema dibujado en el escudo de San Wenceslao, el "águila flamígera", que no figuraba en ninguna bandera, ni siquiera en la de los reyes de Bohemia. ¿Qué escudo convenía mejor a un obispo que el consagrado a la memoria de un príncipe, venerado como santo y mártir por la unidad de la fe? En efecto, Wenceslao había sido rey de Bohemia, en los albores del cristianismo en su tierra, pagando con su muerte (935 d.C.) su acercamiento a la Iglesia de Roma.
La petición no era pequeña, pero la urgencia y la gravedad del momento exigían una acción de prestigio. La petición prosperó.
Por lo tanto, nuestro venerable Padre en Cristo el Señor Nicolás, Obispo de Trento, nuestro más querido amigo, habiéndonos declarado que su Iglesia no tiene actualmente ningún escudo de armas con el que, en tiempos de necesidad, los nobles ministros, soldados y vasallos, los suyos y los de la citada Iglesia, puedan adornarse e izar los estandartes. Y habiéndonos rogado humilde y devotamente, que con la amabilidad que nos es connatural, le hagamos obsequio a él y a sus sucesores en la citada Iglesia, del ya inutilizado escudo de armas de San Wenceslao Mártir, glorioso patrón de nuestro reino.
Nosotros, observando la lealtad de nuestro Señor Obispo en persona, que nos ha mostrado en el pasado y nos muestra en el presente, y teniendo muy en cuenta que nuestro Señor Obispo ha sido tan celoso en su lealtad y voluntad de servirnos que nunca hemos encontrado ni podríamos encontrar en él otra cosa que lo que la verdadera lealtad y la verdadera devoción requieren, hemos decidido que estamos obligados a escucharle y conceder su petición por una especial deuda de gratitud.
Por lo tanto, por el tenor de la presente escritura, deseamos notificar a los que viven en el presente y a los que vivirán en el futuro que, aceptando con benigno afecto como justa y razonable la petición del citado Señor Obispo, en nombre de Dios le damos, concedemos y donamos a él y a sus venerables sucesores, los Obispos de Trento, así como a la Iglesia Tridentina, el citado escudo invictorio del propio San Wenceslao, reproducido en el original en forma de blasón. Wenceslao, reproducido al pie de esta nuestra escritura de privilegio para que pueda ser poseído y utilizado por el mismo Obispo y por sus mencionados sucesores, los Obispos de Trento, en el presente y transmitido a perpetuidad para el futuro. Puesto que entonces la misma Iglesia Tridentina está expuesta a las incursiones de los enemigos, como a la flecha el blanco, y por esta razón sus rectores, los Obispos de Trento, en el pasado fueron afligidos por la violencia de varias injusticias por parte de nobles y poderosos vecinos, prometemos sinceramente, tanto por el derecho de avocación como en virtud del mencionado escudo de armas, nosotros, nuestros herederos y sucesores, los ilustres Duques de Carintia y los Condes del Tirol, intervinientes, preservar y con la ayuda de Dios defender dignamente en el futuro al mencionado Señor Obispo en sus derechos, dignidad e inmunidad contra todas las empresas y cargas provenientes de ellos.
En testimonio, manifestación y fuerza de ser válidos a perpetuidad de lo antedicho, hemos hecho redactar el presente documento y lo hemos reforzado con nuestro sello mayor.
Dado en Wroclav en el año de Nuestro Señor de 1339, en la víspera del glorioso mártir el bienaventurado Lorenzo".
El escudo oficial de la Provincia Autónoma de Trento podrá ser utilizado sólo previa autorización del Presidente de la Provincia, en los casos y según las modalidades indicadas en el Anexo A, parte integrante de la Resolución n. 1784, del 05.08.2010 - Criterios y modalidades para la concesión del patrocinio de la Provincia Autónoma de Trento y la autorización para el uso del escudo.
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